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Son millones los colombianos que tienen problemas de visión y por ende deben utilizar gafas, ya sea permantes correctivas o las que cuentan con el tratamiento antirreflejo o antireflex para descansar la vista.

SIn embargo, el problema de cientos de ciudadanos ha sido el precio de los lentes que, en muchos casos, resulta ser bastante elevado. Por esto hay varias formas de que los colombianos accedan a las gafas, ya sea a través de la EPS o a través de la empresa donde trabajen.

En el caso de los trabajadores, quienes necesiten lentes podrán solicitarlos a través de sus empleadores directos, y los auxilios se destinan dependiendo de las políticas internas de cada empresa. Vale recordar que este es un beneficio extralegal, por lo que no es algo obligatorio.

Algunas compañías otorgan auxilios económicos que rondan los 120 mil pesos para la adquisición de los lentes que sean recetados por la EPS, es decir que no sea estético.

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Para solicitar el beneficio hay varios requisitos, entre esos que el trabajador debe entregar la copia de la receta o la fórmula médica emitida por la EPS, con fecha de expedición no mayor a 60 días a la fecha de solicitud del auxilio.

Cortesía

Por otro lado, en cuanto a las EPS aplica de la siguiente manera:

En Régimen Contributivo:

  • Para defectos que disminuyan la agudeza visual, se cubren 1 vez cada año en las personas de 12 años o menos.
  • Para los mayores de 12 años, se cubre una vez cada 5 años, siempre por prescripción de un médico u optómetra.
  • La cobertura incluye la adaptación del lente formulado a la montura; el valor de la montura corre a cargo del usuario.

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En Régimen Subsidiado se cubre así:

  • Para personas menores de 21 años y mayores de 60 años con defectos de agudeza visual, se cubren una vez al año, siempre por prescripción médica o por optometría. La cobertura incluye el suministro de la montura hasta por un valor equivalente al 10% del salario mínimo legal mensual vigente.
  • Para las personas entre 21 y 60 años se cubren los lentes externos una vez cada 5 años por prescripción médica o por optometría para defectos que disminuyan la agudeza visual. La cobertura incluye la adaptación del lente formulado a la montura; el valor de la montura corre a cargo del usuario.
  • Vale mencionar que no se cubren filtros o colores, películas especiales, lentes de contacto, ni líquidos para lentes.