La Procuraduría Nacional de la Nación hizo nuevas objeciones ante la férrea posición del Gobierno nacional de requerir la licencia ambiental para el desarrollo del proyecto de restauración de ecosistemas degradados del canal del Dique.
{"titulo":"Senadora sucreña apoya solicitud de licencia en proyecto de Canal del Dique","enlace":"https://www.elheraldo.co/sucre/sucre-senadora-sucrena-apoya-solicitud-de-licencia-en-proyecto-de-canal-del-dique-1069241"}
A través de un comunicado de prensa, el Ministerio Publicó reiteró que la licencia ambiental no se constituye en un 'requisito condicionado al arbitrio de una autoridad'. En ese sentido, recalcó que las normas ambientales son de orden público y no deben ser objeto de transacción o de renuncia en su aplicación.
'El principio de prevención abogado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o a la Anla no supone la facultad para establecer caso a caso los proyectos que requieren de una licencia ambiental', agregó.
Puso de presente, además, que las comunidades ribereñas del canal estarían expuestas a riesgos de inundación mientras se tramita una licencia exigida de manera 'imprevista'.
{"titulo":"En dos semanas definen cronograma para licencia ambiental de Canal del Dique","enlace":"https://www.elheraldo.co/bolivar/licencia-ambiental-un-tramite-indispensable-para-obras-en-el-dique-1069075"}
La Procuraduría también expuso que existe preocupación debido a la exigencia de licencia ambiental a un proyecto que se encuentra en ejecución, que se encuentra amparado por un plan de manejo hidrosedimentológico.
Puso de presente que la Anla, a través de la Resolución No. 832 de 2018, revocó directamente de manera parcial la Resolución que disponía la exigibilidad de la licencia ambiental para este proyecto. Expuso que con la solicitud 'se estaría revocando de manera tácita un acto de revocatoria'.
Por último precisó que la autoridad ambiental tiene facultades en 'seguimiento y control' de imponer las medidas de manejo ambiental, así como todas las 'nuevas obligaciones' que se consideren necesarias e idóneas para realizar un adecuado control y seguimiento al proyecto y sus efectos.





















