El abogado Alejandro Sánchez presentó la madrugada de este martes una manifestación de impedimento ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) para ser uno de los conjueces que decidirán si el precandidato presidencial Iván Cepeda deberá ir solo a primera vuelta o podrá participar en la consulta de la izquierda.
El CNE no alcanzó el lunes la mayoría requerida para determinar si el senador Iván Cepeda, del Pacto Histórico, puede competir en la consulta interpartidista del Frente por la Vida, programada para el 8 de marzo. La votación entre magistrados quedó 5-4, lo que obliga a que la decisión final sea tomada por conjueces.
Los dos conjueces principales elegidos para definir el caso del aspirante presidencial son Alejandro Felipe Sánchez Cerón (Centro Democrático) y Manuel Antonio Avella (Partido Liberal), mientras que el conjuez remanente será Gustavo Martín Coral (Col. Justa Libres).
Sánchez Cerón es abogado y especialista en Derecho Administrativo de la Universidad de Nariño y especialista en Instituciones Jurídico Procesales de la Universidad Nacional.
Alejandro Sánchez se adelantó a la recusación que preparaba en su contra el Pacto Histórico y este martes decidió declararse impedido para decidir en el caso de Iván Cepeda por haber formado parte de la defensa jurídica del expresidente Álvaro Uribe Vélez en el proceso judicial que lo enfrentó con el hoy precandidato presidencial.
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“Es pertinente señalar que, en ejercicio de mi profesión como abogado penalista, dentro del año anterior actué como apoyo de la Corporación Centro Democrático por Colombia para la causa del expresidente Álvaro Uribe Vélez. En particular, presté servicios profesionales a dicha corporación en el marco del proceso penal identificado con el radicado No. 11001600010220200027600, por los cuales facturé y recibí los honorarios correspondientes”, se lee en el documento presentado por el abogado al CNE.
Agregó: “Desde esta perspectiva, considero que dicha circunstancia podria subsumirse en la causal antes transcrita, en tanto esta contempla el impedimento cuando el funcionario ha actuado como asesor de una asociación respecto de la cual puede advertirse un interés directo en el asunto objeto de decisión. Ello, en la medida en que el pronunciamiento del CNE incide sobre la eventual permanencia o exclusión del ciudadano Iván Cepeda Castro, reconocido actor politico y figura relevante de oposición a dicha colectividad, dentro de un escenario de competencia electoral”.
En octubre de 2025, el Tribunal Superior de Bogotá absolvió en segunda instancia al expresidente Álvaro Uribe (2002-2010) del delito de fraude procesal, como ya lo había hecho por el de soborno en actuación penal, al fallar la apelación de su defensa por una condena a 12 años de cárcel que le fue impuesta en agosto de ese año.
Cepeda, que figura como víctima en el caso, radicó recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia contra la decisión del Tribunal Superior de Bogotá.


