Las plenarias del Senado y la Cámara de Representantes aprobaron este miércoles el informe de conciliación del proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, con lo que la iniciativa gubernamental espera solo la sanción presidencial para convertirse en ley de la República.
La norma ha causado polémica en la opinión pública porque, se afirma, borra las garantías a la protesta y facilita la privatización de las cárceles, entre otros temas.
Por otro lado, el Gobierno y la coalición oficialista han defendido el articulado señalando que es la solución para afrontar la reincidencia de los delincuentes, los hurtos callejeros y el porte de armas letales y no letales, entre otras.
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La iniciativa hace modificaciones al Código Penal, al de Seguridad y Convivencia, a las normas de extinción de dominio y regulación del porte de armas no letales.
Uno de los puntos más polémicos es la modificación del artículo 32 del Código Penal, el cual señala que hay ausencia de la responsabilidad penal cuando sea necesario 'defender un derecho propio o ajeno contra injusta agresión' y se instituye la 'legítima defensa privilegiada', que se trata de defender la 'habitación o dependencias inmediatas o vehículo ocupado' cuando se trate de rechazar a un extraño que, usando maniobras o mediante violencia, penetre o permanezca arbitrariamente en estos lugares.
Dentro de las modificaciones a las normas del Código Penitenciario y Carcelario, que tampoco han estado exentas de polémica, se contempla la del artículo 17 para que las cárceles departamentales y municipales puedan celebrar contratos para la prestación de servicios de seguridad privada.
{"titulo":"‘Petrismo’ no le cumplió a Francia Márquez","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/petrismo-no-le-cumplio-francia-marquez-874933"}
Así mismo, se adiciona un artículo a la Ley 65 de 1993 para que el Gobierno y las entidades territoriales puedan diseñar, construir, dotar, operar o mantener la infraestructura carcelaria o penitenciaria a través de esquemas de asociación público-privadas (APP).
El Inpec seguirá prestando el servicio de vigilancia y control en los establecimientos de reclusión del orden nacional y la vigilancia privada será sólo para los sindicados.
Y se agravan las penas para los delitos de daño en bien ajeno cuando se afecta la infraestructura para seguridad ciudadana, el sistema de transporte masivo y las instalaciones de fuerza pública y para el delito de instigación a delinquir con acciones que puedan ocasionar grave perjuicio para la comunidad.




















