
Se eliminaría el 4x1.000 para transacciones de menos de $13 millones
La nueva reforma tributaria establece que los bancos deberán consolidar información entre ellos para que la exención aplique sin necesidad de que el cliente marque la cuenta.
Con la nueva reforma tributaria que se tramita en el Congreso de la República, se eliminaría el impuesto del 4x1.000 para las transacciones financieras por montos menores a los $13,3 millones.
Así lo dio conocer el nuevo director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Luis Carlos Reyes, quien publicó en Twitter: “Se acaba el 4 x 1.000 para quienes hagan movimientos menores a $13,3 millones al mes”.
Agregó que “ya existe una exención para una sola cuenta bancaria marcada. En adelante, los bancos deberán consolidar información entre ellos para que la exención aplique sin necesidad de marcar la cuenta”.
Se acaba el 4 x 1.000 para quienes hagan movimientos menores a $13,3 millones al mes.
— Luis Carlos Reyes (@luiscrh) August 10, 2022
Ya existe una exención para una sola cuenta bancaria marcada. En adelante, los bancos deberán consolidar información entre ellos para que la exención aplique sin necesidad de marcar la cuenta. pic.twitter.com/YBLBCkudXi
La disposición se encuentra en el artículo 64 del proyecto de ley de la reforma, el cual establece que “las instituciones agentes de retención en la fuente del Gravamen a los Movimientos Financieros deberán adoptar un sistema de control que permita la verificación, control y retención del Gravamen a los Movimientos Financieros en los términos del artículo 879 del Estatuto Tributario de forma que se permita aplicar la exención de trescientos cincuenta (350) UVT mensuales señalada en el numeral 1 del artículo 879 del Estatuto Tributario sin la necesidad de marcar una única cuenta”.
Cabe señalar que el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) es un impuesto indirecto del orden nacional que se aplica a las transacciones financieras realizadas por los usuarios del sistema, que implique el movimiento de recursos provenientes de cuentas corrientes, de ahorro, o de depósito.
Actualmente, se aplica la exención del 4x1.000 exclusivamente a una cuenta de ahorros, depósito electrónico o tarjeta prepago por titular y siempre y cuando pertenezca a un único titular.
Cuando una persona sea titular de más de una cuenta de ahorros, depósito electrónico y tarjeta prepago en uno o varios establecimientos de crédito, deberá elegir una sola cuenta sobre la cual operará el beneficio tributario e indicárselo al respectivo establecimiento o entidad financiera.