La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) reveló la tasa de usura para diciembre quedó en 25,02 % lo que significó una alza de 0,03 puntos frente a la cifra de noviembre que fue de 24,99 %.
En el documento del regulador se establecieron los montos para el crédito productivo de mayor monto (27,32 %); el crédito productivo rural (18,62 %); el crédito productivo urbano (38,85 %) y el crédito popular productivo rural (49,58 %). Mientras tanto, el crédito popular productivo urbano tendrá una usura de 59,94 %.
Para la tasa de crédito de consumo y ordinario se certificó en 16,68% efectivo anual para la vigencia entre el 1 y el 31 de diciembre de 2025, la cual representa una disminución de 2 puntos básicos (0,02 %) frente a la establecida en octubre que estuvo en 16,66 %.
Hay que recordar que la tasa de usura representa el valor máximo de los intereses remuneratorio o moratorio que puede cobrar un organismo a los agentes de la economía y se construye como 1.5 veces el interés bancario corriente por modalidad de crédito. Este dato, que es revelado por la Superintendencia Financiera de Colombia, se actualiza mes a mes.
El delito de usura, según lo establecido en el Código Penal, puede ser cometido por aquel que reciba o cobre, de forma directa o indirecta, a cambio de un préstamo de dinero o por la venta de bienes o servicios a plazo, una utilidad o ventaja que supere en la mitad el interés bancario corriente que los bancos estén aplicando en períodos correspondientes.
En otras palabras, la norma busca proteger a los consumidores y prevenir prácticas abusivas en el mercado financiero y comercial. Aquellos que impongan intereses o cargos excesivos sobre préstamos o ventas a plazo podrían enfrentar cargos por usura, y se espera que esta medida disuada a los prestamistas y vendedores de incurrir en prácticas desleales y perjudiciales para los consumidores.





















