Los negocios que se dedican exclusivamente al expendio de comidas y bebidas y que estén inscritos en el Régimen Simple de Tributación (RST) deberán volver a cobrar, desde el 1 de enero, el Impuesto al Consumo que equivale al 8 % de los productos.
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El cobro del impuesto al consumo ya se había reactivado en enero de este año para restaurantes y bares.
En el caso de los negocios que hacen parte del Régimen Simple, también se acaba el beneficio de la exoneración temporal del cobro del gravamen que fue incluido en la Ley de Inversión Social para facilitar la reactivación económica de estas actividades.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), informó que los empresarios cuyos negocios se encuentran en esta categoría, deben actualizar el Registro Único Tributario (RUT), reemplazando la responsabilidad 50 o 57 'No responsable del impuesto al consumo' según corresponda su naturaleza jurídica, por la 33 'Responsable del Impuesto Nacional al Consumo'.
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La entidad dispuso el servicio electrónico del RUT para que las personas naturales realicen por autogestión, la actualización correspondiente ingresando como usuario registrado al Portal Transaccional de la DIAN; entre tanto, las personas jurídicas podrán hacer el proceso por medio de cita virtual o presencial, a través de la página web de la DIAN www.dian.gov.co, en la opción 'Asignación de citas'.
'Quienes no cumplan con lo anterior, se verán expuestos a sanciones penales, conforme con lo consagrado en el artículo 402 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal)', establece la DIAN.
El Régimen Simple es un mecanismo que le apuesta a las ideas que se convierten en negocios y sueñan con ser grandes empresas; también, que los beneficios que ofrece este régimen buscan abrir puertas para que las empresas sean fuentes de generación de nuevas plazas laborales y así logren un aumento en su productividad y rentabilidad, lo que las convertirá en empresas más competitivas en el mercado y agentes movilizadores de la economía del país.





















