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El Registro Único Tributario (RUT) aseguró que el próximo 30 de junio se vence el plazo para que los pensionados realicen sus respectivas actualizaciones, debido a ciertas modificaciones en el código de su actividad económica.

'Todos los contribuyentes, incluyendo a los pensionados, con ingresos de alguna de las actividades económicas que sufrieron cambios o desaparecieron, deben actualizar el RUT, según las resoluciones 549 del DANE y 00114 de 2020 y 005 de 2021 de la DIAN', sentenció.

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Lo anterior aplicaría para para aquella persona natural que reciba ingresos que provengan de invalidez, vejez, de sobrevivientes, riesgos laborales, jubilación, además de aquellas que reciban indemnizaciones sustitutivas de pensiones o devolución de saldos de ahorro pensional.

Ángela González, socia de Impuestos de EY Colombia, explicó que 'además de reportar la nueva actividad económica de los pensionados, se hace necesario informar en el RUT la fecha desde la cual el pensionado percibe ingresos por esa actividad'. El código nuevo para los pensionados es el 0020.

Asimismo, la Dian invitó a los pensionados a realizar 'la respectiva actualización por medio de las opciones de autogestión y/o canales de atención o contacto telefónico dispuestos por la entidad'. Podrán realizarlo a través de este link: https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/contactenos/Paginas/asistencia....

{"titulo":"Colpensiones maneja más de 66 mil pensionados en Atlántico","enlace":"https://www.elheraldo.co/economia/colpensiones-maneja-mas-de-66-mil-pensionados-en-atlantico-793584"}

EY Colombia manifestó que aquellas personas que trabajen y además sean pensionadas, deben saber que 'los contribuyentes pensionados y con actividades económicas adicionales tienen la obligación de informarlas a través del RUT, incluyendo sus fechas de inicio y dependiendo de cuáles les generen mayores ingresos. En el formulario del RUT hay cuatro campos para registrar dicha información'.

Adicionalmente, recalcó que si la persona es pensionada y también recibe un salario pero como asalariado obtiene la mayor cantidad de sus ingresos 'debe actualizar el RUT con la actividad principal, que tiene el código '0010 Asalariado' y como secundaria, el código '0020 Pensionado'.