El Heraldo
Archivo.
Colombia

Destituyen e inhabilitan a dos policías por incendio en CAI de Soacha

Así lo confirmó la Procuraduría General de la Nación por los hechos en donde perdieron la vida ocho detenidos y resultaron lesionados otros tres en septiembre de 2020.

Dos uniformados de la Policía Nacional fueron destituidos e inhabilitados por la Procuraduría General de la Nación a un periodo de 16 años y 6 meses por el incendio y posterior muerte de ocho detenidos que se encontraban en la Estación de Policía de San Mateo en Soacha, Cundinamarca. Estos hechos ocurrieron el 4 de septiembre de 2020 en el que también resultaron tres personas detenidas.

La decisión cobija a la subteniente Aleida del Pilar González Quiroz, en su condición de subcomandante de la unidad policial, y al patrullero Jorge Eliécer Suárez Orduz, custodio de los detenidos para la época de los hechos.

El fallo de primera instancia señala que el patrullero omitió su deber de evitar las lesiones de tres personas y la muerte de otros 8 detenidos, pues a su cargo estaba la seguridad y custodia de las personas allí privadas de la libertad.

Según reveló el informe de ente de control, el uniformado que tenía a su cargo la vida e integridad de los 11 detenidos en la Estación de San Mateo, se le confiaron las llaves de los candados de la reja y fue ubicado en un lugar donde debía permanecer durante su servicio, y desde el cual podía visualizar y escuchar lo que allí ocurría.

De acuerdo con las pruebas recaudadas en el proceso, 7 minutos después de haberse iniciado y advertido el fuego el patrullero Suárez Orduz no había desplegado ninguna acción para abrir la reja y fue el patrullero Harold Rincón Cuervo quién debió pedirle las llaves que, para ese momento, aún tenía en su bolsillo.

Para el ente disciplinario no hay duda de que el agente “estaba en condiciones de evitar el resultado producido en perjuicio de la vida e integridad de los detenidos cuya protección se le había confiado.

Así mismo el de aminorar el riesgo ya que tenía conocimiento de lo que ahí ocurría, de las consecuencias de una tardía intervención y además, contaba con los medios necesarios para prevenirlo, impedirlo, evitarlo o hacerlo menos dañino, enfatiza la Procuraduría.

Sobre la conducta de la subteniente González Quiroz, el Ministerio Público concluyó que, como encargada de la Estación, ante la ausencia del teniente César Martínez, tenía la responsabilidad directa de velar por la seguridad de las instalaciones y de las personas que estuvieran bajo la tutela de la Policía Nacional.

“En consecuencia, en su posición de garante, como supervisora del servicio debió impartir las órdenes o realizar las acciones necesarias y oportunas para preservar la vida integridad de los detenidos y evitar el fatal resultado”, concluyó la Procuraduría.

Dentro de la determinación disciplinaria se absolvió de responsabilidad disciplinaria al teniente César Augusto Martínez Fernández, en su condición de comandante de la estación de Policía de Soacha, Cundinamarca.

La conducta de los investigados fue calificada por el ente de control como falta gravísima a título de dolo.

Contra esta decisión de primera instancia los abogados defensores de los disciplinados sancionados y algunos representantes de víctimas interpusieron el recurso de apelación.

Facebook
Twitter
Messenger
Whatsapp
Convierta a El Heraldo en su fuente de noticias
X
COMO REPORTAR A WASAPEA
1. Agrega a tu celular el número de Wasapea a EL HERALDO: +57 310 438 3838
2. Envía tus reportes, denuncias y opiniones a través de textos, fotografías y videos. Recuerda grabar y fotografiar los hechos horizontalmente.
3. EL HERALDO se encargará de hacer seguimiento a la información para luego publicarla en nuestros sitio web.
4. Recuerda que puedes enviarnos un video selfie relatándonos la situación.