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La prima de servicios es uno de los beneficios laborales más esperados por los trabajadores colombianos sin duda alguna a mitad y final de año.

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Esta prestación social reconoce el trabajo realizado durante cada semestre del año y debe ser pagada por los empleadores a más tardar el 30 de junio de 2026, en el caso de la prima de mitad de año.

Según la legislación laboral colombiana, la prima corresponde a 30 días de salario por año trabajado, divididos en dos pagos: uno en junio y otro en diciembre.

Shutterstock/ShutterstockEsta prestación social reconoce el trabajo realizado durante cada semestre del año y debe ser pagada por los empleadores a más tardar el 30 de junio de 2026, en el caso de la prima de mitad de año.

¿Quiénes tienen derecho a la prima de servicios?

La prima debe ser pagada a todos los trabajadores vinculados mediante un contrato laboral, sin importar la modalidad.

  • Contratos a término fijo.
  • Contratos a término indefinido.
  • Contratos por obra o labor.
  • Contratos temporales o accidentales.
  • Trabajadores del servicio doméstico.
  • Conductores al servicio de familias.
  • Niñeras, cuidadores y jardineros.
  • Trabajadores de fincas.

Este beneficio fue ampliado a los trabajadores domésticos mediante la Ley 1788 de 2016.

Shutterstock/ShutterstockLa prima debe ser pagada a todos los trabajadores vinculados mediante un contrato laboral, sin importar la modalidad.

¿Quiénes no reciben prima de servicios?

  • Personas vinculadas mediante contratos de prestación de servicios.
  • Aprendices con contrato de aprendizaje.
  • Trabajadores con salario integral, ya que la prima está incluida dentro de su remuneración mensual.

¿Cómo puede calcular la prima de servicios?

La fórmula establecida por la ley es: Prima de servicios = (Salario × días trabajados) ÷ 360

Para los trabajadores que reciben auxilio de transporte, este valor también debe incluirse en la base de liquidación.

Los datos necesarios para calcularla son: salario mensual, auxilio de transporte (si aplica) y número de días laborados durante el semestre.

Shutterstock/ShutterstockPara los trabajadores que reciben auxilio de transporte, este valor también debe incluirse en la base de liquidación.

Para este año, el salario mínimo es de $1.750.905 y el auxilio de transporte de $249.095.

La base salarial para liquidar prestaciones sociales es de: $2.000.000. Si el trabajador laboró los 180 días del primer semestre:

Prima=(2.000.000×180)/360\text{Prima}=(2.000.000\times180)/360Prima=(2.000.000×180)/360

El resultado es: Prima de servicios: $1.000.000

Harold Diaz Lara/ShutterstockPara este año, el salario mínimo es de $1.750.905 y el auxilio de transporte de $249.095.

¿Qué hacer si no le pagan la prima de servicio?

Si el empleador incumple con esta obligación, el trabajador puede:

  1. Intentar llegar a un acuerdo directo con la empresa.
  2. Presentar una queja ante un inspector de trabajo.
  3. Buscar orientación en la Defensoría del Pueblo, personerías municipales o consultorios jurídicos.
  4. Presentar una demanda ante un juez laboral.