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El próximo mes millones de trabajadores que cumplen las condiciones de un empleado dependiente en Colombia recibirán el pago correspondiente a la prima de servicio, que es una prestación social obligatoria otorgada por los empleadores como compensación a la labor desarrollada.

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Pixabay/Cortesía

De acuerdo con la la Ley 1788 del 7 de julio de 2016, la prima de servicios corresponde a 30 días de salario por año. Este reconocimiento se divide en dos pagos: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre.

“Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”, detalla el Ministerio del Trabajo.

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Este pago aplica tanto a empleados del sector privado como del público, incluyendo a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general a quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente.

Shutterstock/ShutterstockConcepto de salario mínimo. Crisis de empleo o inestabilidad económica.

Así las cosas, cada pago de la prima de servicio corresponde al equivalente a quince días de salario tras un año de trabajo.

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Para quienes perciben un salario mínimo mensual legal vigente, establecido este año en 2.000.000 de pesos con el auxilio de transporte incluido, el valor correspondiente a la prima del primer semestre será de 1.000.000 de pesos.

Para calcular el monto proporcional, la fórmula definida es: salario mensual × días trabajados ÷ 360. Por ejemplo, si un trabajador con salario mínimo laboró tres meses, tendría derecho a recibir $500.000 en junio.

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El no pago de la prima de servicios a un trabajador, puede traer como consecuencia la imposición de multas de 1 a 5000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y a su vez, puede generar que los jueces del trabajo ordenen el pago de la indemnización moratoria que corresponde a un día de salario por cada día de retraso en el pago.