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Ahora los colombianos tendrán una nueva oportunidad para obtener vivienda propia, a través del programa Ahorro para mi Casa, un subsidio del Distrito de Bogotá, destinado a cubrir parcial o totalmente el canon de arrendamiento mensual de una unidad de vivienda, condicionado a que el hogar beneficiado ahorre un monto mensual de 472 mil pesos.

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De acuerdo con la Secretaría Distrital del Hábitat, la convocatoria virtual estará vigente del 19 al 20 de mayo y podrá recibir hasta $ 13 millones de pesos mientras avanza en el camino a hacia su vivienda propia.

“Bueno, familias bogotanas que estaban esperando la convocatoria para el programa ahorro para mi casa de este 19 al 20 de mayo, vamos a tener la convocatoria para aquellas familias que quieran aplicar al programa”, dijo la secretaria del Hábitat, Vannesa Velasco.

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El programa tendrá una duración de un año y entregará un subsidio de arrendamiento mensual a las familias de hasta un millón de pesos con el compromiso de que las personas ahorren 472 mil pesos previo a la entrega mensual del subsidio.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al subsidio?

  • El jefe de hogar debe ser mayor de edad.
  • Acreditar ingresos de hasta $3.501.810 en 2026 (2 SMMLV) entre todos los mayores edad del núcleo familiar.
  • Ningún integrante del hogar debe ser propietario de una vivienda en el territorio nacional, salvo las excepciones dispuestas en el Decreto Distrital 653 de 2025 o la norma que lo adicione, modifique o sustituya.
  • No haber sido beneficiario de un subsidio familiar de vivienda que haya sido efectivamente aplicado.
  • Los demás dispuestos por el Decreto Distrital 653 de 2025 o la norma que lo adicione, modifique o sustituya.

¿Cómo puede acceder al subsidio y qué documentos debe tener listos?

Los interesados deben diligenciar el formulario de postulación dispuesto por la por la Secretaría Distrital del Hábitat en la página web. Los documentos necesarios son:

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1. Documentos de identidad: copia legible de los documentos de identidad de todos los integrantes del hogar mayores de edad, presentados en un único archivo PDF.

2. Contrato de arrendamiento: copia del contrato de arrendamiento vigente, el cual debe estar debidamente suscrito conforme a lo dispuesto en la Ley 820 de 2003.

3. Soportes de ingresos: certificado laboral o manifestación de ingresos de cada uno de los integrantes del núcleo familiar (para independientes), con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días, donde conste:

a. i) Vigencia del empleo o actividad.

b. ii) Monto de los ingresos.

4. Certificación bancaria del ARRENDATARIO donde se hará el depósito del subsidio de arriendo.

5. Certificado cuenta: deberá aportarse certificación emitida por una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, en la que se acredite la apertura de una cuenta en la que se retenga y acumule los recursos depositados por el hogar a título de ahorro, tales como una cuenta de ahorro programado, ahorro para el fomento de la construcción (AFC), o una fiduciaria inmobiliaria de preventas.

6. Registro fotográfico de la vivienda: externo (cómo mínimo se deberán aportar fotos de la fachada de la vivienda donde se identifique la nomenclatura de la vivienda) e interno (habitación, cocina y baño). Las Fotos deben ser recientes y podrán ser verificadas en las visitas que se adelanten por la SDHT.

7. Recibo de servicios públicos de la vivienda: recibos de agua y luz recientes, donde se registren la dirección del inmueble objeto del contrato de arrendamiento.

8. Matrícula inmobiliaria y Código Homologado de Identificación Predial (CHIP): Indicar el número de la matrícula inmobiliaria y CHIP del inmueble objeto de arrendamiento.

9. Documentos que acrediten las condiciones de priorización que señalen en el formulario de postulación (discapacidad, minoría étnica, riesgo de violencia intrafamiliar, miembro de fuerza pública, reincorporado o reintegrado, declaración juramentada identidad de género, carta separación de vivienda).

Condiciones de priorización de los hogares

  • Riesgo de feminicidio o cualquier otra clase de violencia intrafamiliar.
  • Víctima del conflicto armado interno.
  • En proceso de “reincorporación o reintegración”.
  • Miembro de la fuerza pública, veteranos o caídos en combate.
  • Discapacidad.
  • Personas cuidadoras y cabeza de hogar.
  • Que el jefe de hogar sea una persona joven.
  • Transgénero.
  • Que se encuentre habilitado en un programa de subsidio de la Secretaría Distrital del Hábitat para la adquisición de vivienda.
  • Hogares monoparentales.
  • Minorías étnicas.
  • Adulto mayor.