La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) expulsó al general en retiro Mauricio Alfonso Santoyo Velasco del Sistema Integral para la Paz, al concluir que incumplió de manera grave e injustificada el régimen de condicionalidad, particularmente la obligación de aportar verdad plena.
Cabe mencionar que, según ha expuesto anteriormente la Jurisdicción, el general (r) “actualmente tiene dos procesos penales en su contra que están suspendidos parcialmente mientras permanezca sometido a la JEP; un proceso es por concierto para delinquir agravado y desaparición forzada, y otro por enriquecimiento ilícito y lavado de activos”.
Por estos últimos delitos, Santoyo fue condenado ante la justicia de los Estados Unidos y cumplió una pena de 85 meses de prisión en extradición. Posteriormente, tras su aceptación en la JEP, se le concedió el beneficio transitorio de privación de la libertad en una unidad policial.
Sin embargo, ahora perderá los beneficios otorgados por el tribunal especial luego de que lla Sala de Definición de Situaciones Jurídicas determinara que el compareciente pierde los tratamientos especiales y beneficios judiciales —ordinarios y transicionales— a los que podía acceder en el marco del Acuerdo Final. En consecuencia, sus procesos retornan a la justicia ordinaria para que continúen su trámite.
Asimismo, la JEP dispuso poner a Santoyo Velasco a disposición de la Fiscalía 56 para que continúe el trámite del proceso y el cumplimiento de la medida de aseguramiento de detención preventiva impuesta en 2019. También ordenó a la Inspección General de la Policía Judicial, al centro de reclusión donde permanece privado de la libertad y al INPEC coordinar su traslado a un establecimiento penitenciario, una vez la decisión quede en firme.
Con esta determinación, la JEP deja sin efectos los beneficios transicionales que cobijaban al exoficial y ratifica que el acceso y permanencia en el sistema están condicionados al aporte efectivo de verdad.





















