En medio de un intenso proceso judicial que efrentan Day Vásquez y Nicolás Petro, este miércoles 21 de enero se confirmó que la pareja oficialmente quedó divorciada, de acuerdo con un fallo del Juzgado Octavo de Familia de Oralidad de Barranquilla, que decretó, entre otras disposiciones, la terminación del vínculo matrimonial entre la pareja.
Según se lee en el documento, el proceso de divorcio fue solicitado por el hijo del presidente Gustavo Petro para disolver dicha unión marital consagrada el 11 de abril de 2019, “proponiendo que no habría obligación alimentaria entre los cónyuges y que se procediera con posteridad a la liquidación de la sociedad conyugal, dividiendo equitativamente los bienes”.
Así las cosas, de acuerdo con el fallo del Juzgado de Familia, no habrá ninguna cuota o aporte económico entre las partes ni tampoco una obligación alimentaria, y se declaró disuelta y en estado de liquidación la sociedad conyugal.
“Indebida notificación”
EL HERALDO contactó al equipo jurídico de Day Vásquez para conocer su postura frente a la decisión del proceso de divorcio solicitado por Petro Burgos.
Si bien, el abogado defensor de Vásquez asegura que hubo una “indebida notificación” por parte del Juzgado, su cliente también buscaba disolver esta unión marital. De hecho en su cuenta de X, Day publicó un breve mensaje celebrando la decisión: “Al fin. ¡Ya era hora!“, se lee.
“A pesar que advertimos que es posible que haya una indebida notificación de la demanda, en nada nos afecta la decisión habida cuenta que Day también quería terminar con esa unión matrimonial”, señaló el jurista Alait Freja.
De hecho, en el fallo se lee que “la demandada se notificó en debida forma y no contestó la demanda, lo que hace entender que está de acuerdo con el divorcio y la propuesta”.
Sin embargo, el fallo indica que el divorcio se fundamenta en la causal 10 del artículo 154 del Código Civil colombiano, es decir, que se hizo efectivo por la sola voluntad de uno de los cónyuges, en este caso, Nicolás Petro.
Proceso judicial
Como se sabe, Day Vásquez enfrenta un proceso por el delito de lavado de activos como coautora y violación de datos personales, mientras que Petro Burgos por enriquecimiento ilícito y lavado de activos, aunque el ex diputado del Atlántico tiene otro proceso abierto por la supuesta contratación irregular en la que participó a través de la Fundación Conciencia Social (Fucoso) con la Gobernación del Atlántico.
El pasado 16 de enero, una jueza de la República prorrogó por un año más el principio de oportunidad a favor de Day Vásquez, luego de declarar en contra de Nicolás Petro a cambio de recibir el beneficio judicial de parte de la Fiscalía General.
En la diligencia, la fiscal del caso, Lucy Laborde, ratificó que los compromisos pactados con la ex esposa del hijo del presidente Gustavo Petro se han cumplido en un 90%, por lo que la colaboración con el ente acusador continuará un año más.




















