La Corte Suprema de Justicia confirmó, en segunda instancia, el fallo del Tribunal Superior de Bogotá que el pasado 19 de agosto ordenó la libertad del expresidente Álvaro Uribe luego de ser condenado por fraude procesal y soborno en actuación penal.
El recurso fue interpuesto por el senador Iván Cepeda, el ministro de Justicia Eduardo Montealegre, el exvicefiscal Jorge Fernando Perdomo y Deyanira Gómez.
En su momento, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Octavio Tejeiro, declaró que el proceso sería revisado bajo estrictos parámetros de neutralidad institucional.
“La función de las instituciones judiciales es una función basada en la imparcialidad y eso es lo que ha hecho Colombia y lo que ha hecho la Corte Suprema de Justicia durante los últimos 139 años. La Corte Suprema de Justicia está cumpliendo este año 139 años de justicia y de imparcialidad”, expresó Tejeiro. Con esta afirmación, el alto tribunal busca reafirmar la confianza pública en la imparcialidad del sistema judicial colombiano.
En su momento, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá ordenó la libertad inmediata del expresidente colombiano Álvaro Uribe (2002-2010), condenado en primera instancia a doce años de prisión domiciliaria por un caso de sobornos, mientras se resuelve en segunda instancia la apelación a la sentencia.
La Sala de Decisión Penal del Tribunal resolvió “amparar el derecho fundamental a la libertad individual del ciudadano Álvaro Uribe Vélez” y dejó sin efecto la decisión de la jueza Sandra Heredia, del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá, que en la sentencia que le impuso a doce años de cárcel en régimen domiciliario había ordenado su “privación de libertad inmediata”.
Uribe, fundador y líder del partido de derecha Centro Democrático, se convirtió el 1 de agosto pasado en el primer expresidente colombiano en ser condenado penalmente, luego de que Heredia lo hallara culpable por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal en el llamado ‘juicio del siglo’ en Colombia, un caso que él mismo inició en 2012.
El equipo jurídico cuestionó, entre otros, que la magistrada justificara la detención inmediata de Uribe con la necesidad de garantizar «la preservación de la convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos», argumento que la defensa calificó de ambiguo y carente de sustento, constituyendo una “motivación aparente”.