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Acceder a una casa propia en Colombia sigue siendo uno de los mayores desafíos para las familias, en especial por los altos precios del mercado.

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Mientras muchos ciudadanos se debaten entre pagar arriendo o endeudarse para comprar, el Gobierno Nacional acaba de anunciar un subsidio para la adquisición de vivienda usada.

El beneficio quedó formalizado en el Decreto 775 de 2025, que reglamenta la Ley 3 de 1991. De acuerdo con el Ministerio de Vivienda, ahora tanto Fonvivienda como las Cajas de Compensación Familiar podrán aplicar el Subsidio Familiar de Vivienda a inmuebles que no sean nuevos, lo que abre la puerta a más alternativas en el mercado inmobiliario.

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El monto que recibirán los hogares dependerá de sus ingresos. Según lo establecido, el subsidio oscila entre 4 y 22 salarios mínimos legales vigentes (SMLV), sin superar los topes ya definidos en la norma.

Indicaron que esta medida busca responder a la realidad de miles de colombianos que, ante los precios en las grandes ciudades como Bogotá, Medellín, Cali o Barranquilla, encuentran en la vivienda usada una opción más accesible.

Requisitos para acceder al subsidio de compra de vivienda usada

  • Contar con una clasificación de SISBÉN IV entre Al y D20.
  • No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.

Un miembro del hogar cumpla alguna de las siguientes condiciones:

  • Víctima del conflicto armado con estado INCLUIDO en el Registro Único de Víctimas de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas — UARIV, o quien haga sus veces.
  • En proceso de reincorporación que se encuentre activo en las bases de datos a cargo de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización - ARN o quien haga sus veces.
  • Madre comunitaria vinculada a los programas de hogares comunitarios de Bienestar, Famis y Madres Sustitutas, certificada por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
  • Reciclador de oficio que se encuentre registrado ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios como miembro de una organización de recicladores de oficio o en el sistema de información que determine el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para tal fin.