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Este martes, fue radicado ante la Cámara de Representantes el Proyecto de Ley 051 de 2025 que busca la prohibición del “volteo” de tierras en zonas estratégicas y protegidas, que hayan sido afectadas por incendios.

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Esta iniciativa prohíbe por 60 años cualquier cambio de uso del suelo en estas zonas, incluyendo las construcciones. “Es una respuesta directa al modus operandi de los negociantes del fuego que arrasan con nuestros ecosistemas para después llenarlos de cemento”, se lee en el comunicado.

La normativa fue propuesta por el representante Cristian Avendaño, con el objetivo de “cerrarle el paso al volteo de tierras tras incendios forestales” en páramos, reservas forestales, parques naturales, humedales, nacimientos de agua, áreas de conservación, áreas protegidas de los POT y demás ecosistemas estratégicos.

SuministradaImagen de referencia/ Incendio forestal.

“En Colombia se volvió costumbre: donde hubo fuego, urbanizaciones quedan. No lo podemos seguir permitiendo. Con esta Ley le cerramos la puerta a los negociantes del fuego, que arrasan con los ecosistemas para después llenarlos de ladrillo y cemento”, afirmó el congresista santandereano.

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Asimismo, el impulsor de la ley enfatizó que: “Los ecosistemas no se recuperan en cinco años. Necesitan décadas. Esta iniciativa corta de raíz el negocio de quemar para urbanizar. El fuego no puede seguir siendo una excusa para negociar con la tierra”.

Esta iniciativa fue propuesta ante la Cámara en una de las épocas del año donde se presenta el mayor número de incendios forestales, según advirtió el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) en su boletín más recientemente sobre ‘Pronóstico de la Amenaza por Incendios de la Cobertura Vegetal’.

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“El IDEAM ya alertó a los departamentos del Huila, La Guajira, Tolima, Norte de Santander y Valle del Cauca por incendios forestales. Si no actuamos ya, vamos a seguir perdiendo nuestros ecosistemas más valiosos”, añade el comunicado.

Sistema de Alertas Tempranas de CorpoguajiraLa iniciativa prohíbe por 60 años cualquier cambio de uso del suelo en zonas donde hubo incendios forestales.

De ser aprobada la ley, cualquier entidad pública, privada o mixta que construya o planifique proyectos en esas áreas deberá demostrar que el incendio no fue provocado con fines de cambiar el uso del suelo. “La carga de la prueba recae en quien pretenda desarrollar el proyecto”, aclara el proyecto.

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“La iniciativa también modifica el artículo 333 del Código Penal para endurecer las penas por invasión de áreas de especial importancia ecológica, agravando las sanciones cuando haya evidencia de cambio de uso del suelo tras incendios. Asimismo, establece medidas cautelares para suspender cualquier trámite de licenciamiento desde el inicio, en zonas afectadas por el fuego”, enfatizó Avendaño.