La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó este jueves 26 de junio la intervención ordenada por la Superintendencia de Salud a la EPS Sanitas, hecha a inicios del 2024.
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Se trata de la sentencia del alto tribunal en la cual falló a una acción de tutela presentada por varias entidades del grupo Keralty, como la Clínica Colsanitas y Medisanitas contra la Superintendencia Nacional de Salud, alegando que su derecho fundamental al debido proceso había sido vulnerado.
Hay que recordar que el 2 de abril de 2024 la Supersalud ordenó “la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de la EPS Sanitas por el término de un año”. Esto incluyó la intervención forzosa del Gobierno para administrar la entidad.
Luego, el 6 de abril del mismo año, se prorrogó la intervención por un año más.
Ahora la Sala dejó sin efectos lo ordenado por la Supersalud, tras revisar la tutela y revocar la decisión del Tribunal Superior de Bogotá y la Corte Suprema de Justicia, que habían negado la acción.
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Adicional a esto, la Corte ordenó que este caso sea enviado a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, que en su momento fijó normas para el seguimiento y mejora del sistema de salud colombiano, para verificar el cumplimiento de estándares constitucionales.
En la Sala, el magistrado Vladimir Fernández Andrade salvó su voto, expresando su desacuerdo con la decisión adoptada por la mayoría.