Compartir:

El presidente de la República Iván Duque, sancionó la ley que establece el fuero de paternidad que prohíbe que un padre de familia, que se encuentra a la espera de un hijo, sea despedido de su trabajo.

Se trata de la Ley 2141 del 10 de agosto de 2021 por medio de la cual se modifican los artículos 239 y 240 del Código Sustantivo del Trabajo, con el fin de establecer el fuero de paternidad.

La iniciativa, de autoría del senador de Cambio Radical, Didier Lobo busca el amparo de los niños por nacer buscando que, al igual que pasa con las mujeres embarazadas, los padres no puedan ser despedidos de su empleo.

{"titulo":"Sancionada ley que amplía a dos semanas licencia de paternidad","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/sancionada-ley-que-amplia-dos-semanas-licencia-de-paternidad-839831"}

De acuerdo a lo sustentado en la norma, esta establece que se prohíbe el despido de todo trabajador cuya cónyuge, pareja o compañera permanente se encuentre en estado de embarazo o dentro de las 18 semanas posteriores al parto y que no tenga un empleo formal.

'Habrá igualdad de derechos de los hombres y las mujeres en el sentido que se amplía este beneficio a las 18 semanas después del parto, equiparando el fuero con la licencia de maternidad en el marco de las relaciones familiares y laborales', explicó el congresista.

La ley establece también que ninguna trabajadora podrá ser despedida por motivo de embarazo o lactancia sin la autorización previa del Ministerio de Trabajo, que tendrá que avalar una justa causa.

{"titulo":"Duque no descarta acciones legales por revelación de contratos de vacunas","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/duque-no-descarta-acciones-por-revelacion-de-contratos-de-vacunas-841185"}

'Se garantiza la estabilidad laboral de la mujer durante su licencia de maternidad y la del trabajador cuya cónyuge, pareja o compañera permanente se encuentre en estado de embarazo', precisa la iniciativa.

En ese sentido, se establece que las trabajadoras que sean despedidas sin autorización tendrán derecho al pago adicional de una indemnización igual a 60 días de trabajo, fuera de las indemnizaciones y prestaciones a que hubiere lugar. Esta misma indemnización se aplicará en el caso del despido de un trabajador.

Se precisa además que esta ley no aplica para los hombres cuyo cónyuge o pareja permanente tenga un trabajo formal o estable.