La Secretaría de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, informó ayer que hasta el momento 2.645 integrantes de las Farc y 1.378 de la Fuerza Pública han suscrito actas de compromiso para acogerse a esa justicia especial.
Las libertades
El reporte, con fecha al 7 de julio, indica además que por las Farc se han entregado 583 libertades condicionales, 399 amnistías de iure (de derecho) y 266 personas han sido trasladadas a Zonas Veredales Transitorias desde centros de reclusión.
Por el lado, de la Fuerza Pública 187 personas se han beneficiado con la libertad condicionada, transitoria y anticipada que otorga la Ley de Amnistía y otras 17 personas han sido trasladas a Unidades Militares.
El avance
El avance hasta el momento, con respecto de los listados entregados por parte de las Farc, va en un 85 por ciento, y en un 77% en el caso de la Fuerza Pública.
Para estas labores, la Secretaría Ejecutiva de la JEP ha visitado 79 centros de reclusión en que se encuentran tanto rebeldes como uniformados, con el fin de verificar las solicitudes y el estado de las mismas.
La audiencia
Esta semana, la Corte Constitucional adelantó la audiencia pública en la que escuchó a los diferentes sectores del Estado colombiano, con el ánimo de reunir elementos de juicio para decidir si avala o no el contenido del Acto Legislativo 01 de 2017 que crea el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición.
Este sistema está conformado a su vez por la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas, la Comisión de la Verdad y la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP.
La ponencia deberá presentarla el magistrado Luis Guillermo Guerrero, y la decisión se conocerá a finales de agosto. Es preciso recordar que ya el máximo tribunal defensor de la Carta Política golpeó el proceso de paz con las Farc al tumbar dos apartes del denominado ‘fast track’ o la vía rápida legislativa para tramitar los proyectos y reformas relacionados con el acuerdo de paz con las Farc.
La JEP
Sobre la Jurisdicción Especial para la Paz se ha aseverado que no serán objeto de amnistía ni indulto (ni de beneficios equivalentes) los delitos de lesa humanidad, el genocidio, los graves crímenes de guerra, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad como por ejemplo el secuestro de civiles, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento de menores.
Así mismo, quienes hayan tenido una participación determinante en los delitos más graves y representativos y reconozcan su responsabilidad, recibirán una sanción de restricción efectiva de la libertad de 5 a 8 años, además de la realización de obras y trabajo de reparación de las comunidades.
Y quienes no reconozcan su responsabilidad y sean declarados culpables, deberán pagar penas de cárcel ordinaria de 15 a 20 años.




















