Compartir:

A pesar de un fallo emitido por el Tribunal Administrativo del Atlántico que declaró la nulidad del acuerdo metropolitano que lo creó en 2016, así como contra la resolución que lo reglamentó, el Fondo de Estabilización Tarifaria (FET) continuará funcionando.

{"titulo":"Habilitarán sistema de recolección de basuras en los caños","enlace":"https://www.elheraldo.co/barranquilla/barranquilla-instalaran-sistema-de-remocion-de-basuras-en-cuerpos-de-agua-985573"}

Así lo aseguró Libardo García, director del Área Metropolitana de Barranquilla, quien indicó que dichos documentos no se encuentran vigentes. Explicó que el FET actualmente se sustenta en un acuerdo metropolitano expedido en 2019 y sustentado en normas vigentes.

'El que se está demandando se encuentra derogado. El nuevo acuerdo metropolitano está soportado en el Plan de Desarrollo actual, que establece que se pueden incorporar factores tarifarios de un sistema a otro', expuso el funcionario.

Explicó que el FET funciona con un componente del pasaje del sistema de transporte masivo colectivo (buses) que subsidia la operación del Sistema de Transporte Masivo de Barranquilla y su área metropolitana.

'Esa nueva norma es la que sustenta el acuerdo metropolitano vigente desde 2019 y no se han pronunciado en la demanda. Sigue vigente y con todo el soporte normativo para aplicar el cobro, que ha sido la salvación de Transmetro para mitigar la diferencia entre tarifa técnica y tarifa cobrada al usuario', expuso García a EL HERALDO.

{"titulo":"Esta semana se retomarán las obras en el Mamb","enlace":"https://www.elheraldo.co/barranquilla/obras-del-museo-de-arte-moderno-de-barranquilla-se-retomarian-esta-semana-985397"}

La decisión

En una decisión de segunda instancia, el Tribunal Administrativo del Atlántico ratificó la sentencia proferida por el Juzgado Doce Administrativo Oral de Barranquilla, mediante la cual se declaró la nulidad Acuerdo Metropolitano No. 005 de 2016 expedido por el Área Metropolitana de Barranquilla y de la Resolución No. 278 de 2016.

Según el AMB, en su apelación, la sentencia recurrida accedió a las pretensiones de la demanda al considerar que los recursos que nutren el fondo de estabilización tarifaria tienen naturaleza pública y los resultados de la implementación del fondo pueden generar impacto en las finanzas del ente territorial.

Empero agregó que se erró en dicha decisión al considerar que los recursos provienen del patrimonio de las empresas de transporte, puesto que 'los recursos tienen origen en la tarifa que pagan las personas que usan el servicio, lo que evidencia que, con independencia de que los mismos sean recaudados y aportados por las empresas, los mismos no se originan en el presupuesto del Distrito de Barranquilla, ni de alguna de las entidades territoriales que conforman el Área Metropolitana de Barranquilla'.

Ante este planteamiento, el Tribunal expuso que el trámite debe contar con un concepto CONFIS, 'el cual no se acompañó y que en defensa del recurrente no se hizo porque no era necesario aportarlo, conclusión a la que llega luego de un ejercicio interpretativo que a juicio de esta Sala no tenía cabida'.