En la capital sucreña también fueron establecidos los perímetros, zonas y medidas para la restricción y control del porte, consumo, facilitación, distribución, ofrecimiento y comercialización de sustancias psicoactivas.
{"titulo":"Encarcelan a un partícipe del crimen en la Tienda Las Vegas, en Sincelejo","enlace":"https://www.elheraldo.co/sucre/encarcelan-un-participe-del-crimen-en-la-tienda-las-vegas-en-sincelejo-1064875"}
A través de la Resolución 0104 del 22 de enero de 2024 firmada por el alcalde Yahir Acuña Cardales, fueron impartidas esas medidas que también contemplan sanciones para quienes las incumplan.
En tal sentido, no está permitido, si quiera la dosis personal, cerca de las instituciones educativas de todos niveles de formación, de los centros de atención para la población vinculada al sistema de responsabilidad penal para adolescentes, estadios y demás centros deportivos, hoteles y albergues, parques, plaza y plazoletas, clubes sociales, centros comerciales y sistema de transporte masivo, entre otros.
{"titulo":"Registraduría tramitó más de 400 documentos durante fiestas en Sincelejo ","enlace":"https://www.elheraldo.co/sucre/sucre-tramitan-mas-de-400-documentos-durante-fiestas-en-sincelejo-1064823"}
El perímetro de la restricción fue establecido en 200 metros del área circundante antes mencionada.
Entre las sanciones que consagra la Resolución 0104 están amonestaciones, imposición de reglas de conducta y prestación de servicios a la comunidad, entre otros.





















