El Juzgado Segundo Civil Oral Municipal de Sincelejo al resolver un incidente de desacato promovido por el Partido Cambio Radical en contra del gobernador de Sucre, Héctor Olimpo Espinosa Oliver, requirió al presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, para que este a su vez requiera al mandatario local o en su defecto le haga cumplir un fallo de tutela.
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La orden del juez, que se produce como resultado de un incidente de desacato, vincula al Presidente de la República por ser este el superior jerárquico del Gobernador de Sucre.
Petro tiene, según la providencia firmada por el juez Ricardo Julio Ricardo Montaño, 24 horas contadas a partir del recibo de la comunicación para requerir al gobernador Héctor Olimpo Espinosa Oliver a que cumpla el fallo de tutela del 6 de octubre.
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Esa sentencia judicial le ordenó al 'gobernador de Sucre, Héctor Olimpo Espinosa Oliver o quien haga sus veces, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esa providencia, si aún no lo hubiere hecho, se pronuncie mediante la expedición del condigno Acto Administrativo, y decida formalmente en lo relativo a la designación del Alcalde Municipal de la ciudad Sincelejo, Sucre, para finalizar el período 2020-2023, teniendo en cuenta la terna enviada desde el pretérito 17/08/0223, por el Partido Cambio Radical al ente territorial por él regentado'.
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Espinosa Oliver ha dicho que no designa de esa terna que integran Beatríz Elena Riaño García, Fernando Andrés Vargas Mesías y Luis Mario Hernández Vargas porque ninguno de estos conoce a Sincelejo, no residen en la ciudad y porque Cambio Radical no tuvo en cuenta los nombres de las personas que enviaron los otros partidos como Centro Democrático, La U y el Conservador que fueron quienes en el 2.019 se unieron para apoyar la candidatura de Andrés Gómez Martínez que le fue anulada por doble militancia.
Mientras designan el alcalde interino sigue en el encargo Tatiana Niebles, que es empleada de la Gobernación de Sucre.





















