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La Procuraduría Séptima Delegada ante el Consejo de Estado, a cargo de Idayris Carrillo Pérez, le solicitó a este tribunal que confirme la sentencia del Tribunal Administrativo de Sucre que anuló la elección de Vivian Montaño González, como contralora de Sincelejo.

Este pedido del Ministerio Público se produce dentro de la fase de alegatos de conclusión del proceso de nulidad electoral.

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La Procuraduría en sus alegatos hizo alusión a la provisión del cargo de contralor municipal y las inhabilidades del mismo.

'… sin que se transgreda el criterio interpretativo taxativo y restrictivo en materia de inhabilidades, lo cual es propio del contenido de la demandada Vivian Montaño González, le resultaban aplicables las causales de inhabilidad dispuestas por el constituyente en el inciso 8 del artículo 272 constitucional, así como las dispuestas por el legislador.'.

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El alegato continúa diciendo: 'En calidad de aspirante a contralora, no podía ‘dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de la elección haber ejercido como empleado público, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, en el respectivo municipio’'.

Puntualizó Carrillo Pérez que los argumentos de la apelación relacionados con que debía aplicarse lo mencionado por la Corte Constitucional en la sentencia SU-566 de 2019 en materia de inhabilidades para los contralores territoriales, no está llamado a prosperar.