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Gustavo Petro, senador de la Colombia Humana. Archivo
Política

Demanda de Petro contra el Estado en Corte IDH

Este jueves el tribunal internacional escuchará a ambas partes. El caso empezó en 2013 cuando el ex alcalde de Bogotá fue destituido.

La demanda del senador y líder de la Colombia Humana Gustavo Petro contra el Estado colombiano  por haber sido destituido cuando era alcalde de Bogotá será estudiado mañana por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Se realizará una única audiencia desde las 9:00 a.m. hasta las 12 p.m. y después de 2:00 a 4:00 p.m., en la que serán escuchados por la Corte IDH los testigos y reclamos de ambas partes.

Posteriormente, el tribunal internacional de Derechos Humanos tendrá un periodo de varios meses para fijar una decisión sobre el caso.

El 9 de diciembre de 2013 el exprocurador Alejandro Ordóñez impuso una sanción de destitución e inhabilidad de 15 años contra el político orense, pero la Comisión Interamericana, Cidh, concluyó que dichas sanciones habrían violado sus derechos políticos, pues debieron imponerse por una autoridad judicial penal mediante condena en firme.

La sanción la impuso el derechista Ordóñez por la “improvisación” en la prestación del servicio público de las basuras en la capital del país. Por su parte, el exmandatario se defendió alegando que era necesario dejar la prestación del servicio en una empresa pública y quitarles el “corrupto” negocio a los privados.

Si bien ese primer informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos es el punto de partido que tiene la Corte IDH, será esta última quien debe decidir sobre la demanda presentada por el senador de la Colombia Humana.

La decisión que tome este tribunal de justicia internacional podría conllevar a una reestructuración de las funciones actuales de órganos como la Procuraduría, el Consejo de Estado y el Congreso de la República.

Lo anterior debido a que,  de fallar en favor de Petro,  ninguna autoridad no penal podría destituir funcionarios.

Proceso penal | Eje de la discusión 

El centro del debate radica en que actualmente las leyes colombianos permiten que se limiten los derechos políticos de personas elegidas de manera popular aunque los procesos no sean de tipo penal.

Petro alega que lo anterior estaría violando la Convención Americana de Derechos Humanos. 

Sin embargo, no existe un estándar internacional que diga que el único mecanismo legítimo para sancionar a alguien sea un proceso penal.

Así las cosas, mañana será un día clave al llegar este caso, que en su  momento generó gran polémico, ante la Corte IDH.

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