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A la pena principal de 38 años y cinco meses de prisión fue condenado un hombre acusado del delito de homicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego.

La sentencia fue proferida por uno de los juzgados penales del circuito de Riohacha hacia Alejandro Alfredo Salas Ospino, quien fue acusado de haber matado a Jorge Mario Lora Mercado.

El homicidio se produjo el 11 de enero de 2014 cuando la víctima fatal llegó a una gasolinera de la carrera 11ª entre las calles 19 y 20 del Barrio San Francisco, en compañía de una amiga y cuando estaban tanqueando el vehículo, llegó una camioneta con varios hombres en su interior y uno de ellos era el hoy condenado.

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El relato condensado en el expediente indica que el primero en bajarse fue Alejandro Alfredo Salas Ospino, quien de inmediato increpó al Joven Jorge Mario al que acusaba de haber atropellado con la moto a su madre.

Lo increpó y empezó a golpearlo apoyado por los restantes hombres que ya habían bajado de la camioneta. Jorge Mario les aclaraba que estaban equivocados y que él no había arrollado a nadie, que no le hicieran daño, pero los acompañantes y el mismo Alejandro Alfredo hicieron caso omiso.

No contento con los golpes que le habían propinado, según lo que se condensó en el expediente, Salas Ospino sacó un arma de fuego, del que posteriormente se comprobaría era ilegal por no poseer documentos y le disparó en varias ocasiones hasta provocarle la muerte al joven.

{"titulo":"Capturan a seis hombres con 120 kilogramos de cocaína en la Alta Guajira","enlace":"https://www.elheraldo.co/la-guajira/la-guajira-capturan-seis-hombres-con-cargamento-de-cocaina-902501"}

Después huyeron del sitio sin que fuera posible su captura, pero en 2020, había un puesto de control policial en la periferia de Riohacha y al pasar por este lugar fue requerido por los policías, quienes lo identificaron como ciudadano que estaba requerido por un juez para que respondiera por el delito de homicidio.

Por otras parte, es importante anotar que al final de la audiencia en la que este ciudadano fue condenado a la pena de 462 meses de prisión, el abogado que lo representaba considerando que se trataba de una condena excesiva, apeló el procedimiento y ahora debe ser la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha, quien determine, si los 38 años y cinco meses, se compadecen con la pena que merece el ciudadano por haber quitado la vida del joven y por el porte ilegal del arma de fuego.