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Judicial

Así es el trámite para portar un arma legal

EL HERALDO le explica cómo es el procedimiento y cuáles son los requisitos para hacer la solicitud de un permiso especial para porte de armas de fuego.

Fredy Altamar Fontalvo es pensionado de la Policía desde 2003 y hace 30 años tiene permiso para portar armas. Carga un revólver con el que tiene pensado protegerse de la inseguridad, pero que, afortunadamente, dice, no ha tenido que usar. Francisco Pérez es un teniente activo de la Policía que luego de más de cuatro años en la institución decidió comprar una pistola. “Es por seguridad, porque cuando uno sale del trabajo tiene que entregar el arma de dotación y queda desprotegido”, afirmó.

Para ellos podría ser más fácil adquirir los permisos para porte, pero para un ciudadano que nunca ha hecho parte de las Fuerzas Militares o la Policía y quiera tramitar la compra de un arma de fuego, el proceso es largo y muy riguroso.

El mayor Terry Javier Figueredo, jefe de la Seccional 61 del Departamento de Control Comercio de Armas (DCCA), de la Segunda Brigada del Ejército Nacional, explicó que la Constitución en su artículo 223 dice que “el monopolio de las armas estará en poder del Estado y que será el Jefe de Estado Mayor de las brigadas militares el encargado de autorizar o no los permisos”.

Precisamente haciendo uso de ese poder que le otorga la norma, el Ministerio de Defensa emitió la directiva 009 del 12 de enero de 2021 en la que informa que sigue vigente la restricción al porte de armas en el país.

Todo colombiano mayor de 25 años puede tener un permiso para porte de armas, es decir, puede comprar una, pero a raíz de esa directiva, es necesario que también solicite un permiso especial para porte. No basta tener el salvoconducto del arma, sino que es necesario tener el permiso especial”, explicó el mayor Figueredo.

Los colombianos tienen derecho al porte de armas, pero el Estado regula la emisión de permisos especiales. John Robledo

El oficial precisó que para poder comprar un arma la persona interesada debe adquirir un pin que cuesta $40.600 y esperar 24 horas que es el tiempo en que las autoridades verifican sus anotaciones judiciales y sanciones. “Se miran riñas, denuncias por maltrato, cualquier tipo de anotación se tiene en cuenta en esa verificación. Luego se genera una cita a la que la persona debe asistir con su cédula, antecedentes, extractos bancarios, carta laboral si es empleado o cámara de comercio si es comerciante”, dijo Figueredo.

Además, el solicitante debe presentar su libreta militar si prestó el servicio, o un certificado del curso de manejo de armas hecho en alguna academia. También tiene que hacerse pruebas sicométricas y enviar una carta al Jefe de Estado Mayor de la Segunda Brigada explicando los motivos que tiene para solicitar un arma. El permiso de porte de armas se debe revalidar cada tres años.

Permiso especial

Pero con la normatividad vigente -que busca que en las calles no haya tanto armamento  y de esta forma proteger la vida de los ciudadanos- quien tenga este permiso no podrá cargar su arma si no tiene otro denominado “especial”. Sin embargo, puede mantener su armamento en la residencia. 

La solicitud de permiso especial comienza con un formulario que el interesado debe llenar. Además, debe aportar otros documentos y reunir condiciones que justifiquen que se le entregue la autorización.

“No nos demoramos más de 30 días para darle respuesta a una persona. Todos los meses hay un comité y es obligación de nosotros informarle al solicitante si se le entregará o no el permiso”, manifestó el mayor Figueredo.

Quienes actualmente tengan permiso especial para porte, unas 688.534 personas en todo el país, pueden hacer la solicitud de revalidación hasta el próximo 12 de febrero.

Si en sus anotaciones aparece una riña o cualquier denuncia en su contra, es probable que su permiso sea negado.
30% de solicitantes son mujeres

De acuerdo con el Ejército, en la Seccional 61 de DCCA, en la Segunda Brigada, en un día se solicitan entre 20 y 25 permisos para porte, y en promedio, el 30% de los solicitantes son mujeres.

“La mayoría vienen porque tienen negocios, necesitan mover altas sumas de dinero y por eso quieren estar seguras. Es más común de lo que la gente cree. Hay mujeres que no quieren salir de sus negocios o sus casas sin llevar su arma”, afirmó el mayor Terry Figueredo.

Todos los colombianos tienen derecho a adquirir dos armas con permiso para porte (poder llevarlas consigo), dos con permiso para tenencia (solo para poseerlas en una propiedad privada) y dos más de las catalogadas de uso restringido. “Estas son aquellas armas que por el calibre de su munición causan mayor daño o aquellas cuya capacidad de carga supere los nueve cartuchos”, detalló el oficial.

En cuanto al tipo de armas que se pueden adquirir, el mayor Figueredo afirmó que los colombianos que estén aptos para el porte pueden usar cualquier armamento. “Desde un revólver, pistolas, escopetas. Incluso, el Departamento Control Comercio de Armas puede ayudar a gestionar los permisos para comprar armas en el exterior e importarlas”, dijo.

Miembros de organismos de seguridad también acuden al DCCA en busca de un permiso para porte.
Requisitos para permiso especial
  • Formulario de solicitud.
  • Anexar foto 3x4 fondo blanco.
  • Consulta de antecedentes en Procuraduría, Policía, Fiscalía y Registro Nacional de Medidas Correctivas.
  • Carta dirigida al Jefe de Estado Mayor de la Segunda Brigada con las justificaciones de las razones de urgencia para la solicitud.
  • Un certificado de residencia.
  • Si es permiso nacional debe adjuntar certificado de Cámara de Comercio y fotos del arma.
  • Fotocopias de la cédula y del permiso de porte.
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