Raúl Romero del Río, abogado de la familia Mestre Vargas, explicó este martes 5 de mayo la reciente decisión adoptada por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, con relación a una nueva solicitud que apoderados de Jaime Saade Cormane habían elevado para que se revisara una “prescripción” dentro de la condena por el feminicidio de Nancy Mestre Vargas.
EL HERALDO conoció en primicia la decisión de la corporación, la cual fue establecida el pasado 3 de marzo y se trató de una segunda derrota del hombre que hoy permanece en la cárcel La Tramacúa de Valledupar.
Cabe señalar que el pasado 30 de diciembre de 2025, el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Valledupar ya había resuelto la solicitud de determinación de la pena, la prescripción de la pena y libertad del condenado, negando todas las pretensiones de los apoderados de Saade.

Luego de proferido el fallo, la defensa de Saade Cormane apeló la decisión y, mediante auto del 27 de enero de 2026, la solicitud escaló hasta el alto tribunal.
Ahora la alta jurisdicción confirmó el auto del Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Valledupar, negando nuevamente la posibilidad de que el hombre extraditado desde Brasil pudiera quedar en libertad.
“El penado fue liberado por autoridades de Brasil el 9 de octubre de 2020, fecha a partir de la cual se reanudó el término prescriptivo por el término que faltare por ejecutar de la sanción impuesta atendiendo al artículo 89 de la Ley 599 de 2000 que para el caso serían 23 años 3 meses y 19 días, siendo recapturado el 1 de mayo de 2023, por lo tanto, no se superó el término que faltaba por cumplir de la condena”, se leyó en el documento.
Así las cosas, el Tribunal de Valledupar indicó nuevamente que al no haberse superado el término de prescripción y no haberse cumplido el tiempo de prisión al que se le condenó, “no hay lugar al decreto de la libertad solicitada”.
En esa línea, el abogado Raúl Romero del Río, quien lidera la defensa de la familia Mestre, celebró la decisión diciendo que con esta decisión “el ciclo se cierra”.
“El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar reafirmó la vigencia de la condena en el caso de Jaime Saade, negando la solicitud de prescripción presentada por su apoderado. La corporación ratificó que no ha operado el fenómeno de la prescripción de la sanción penal para Saade, quien fue condenado, como es importante recalcar, por los delitos de homicidio y acceso carnal violento contra la joven Nancy Mestre en la década de los noventa”, manifestó Romero del Río, en diálogo con EL HERALDO.
Por otro lado, de acuerdo con el abogado, el Tribunal precisó que, por razones relacionadas con la extradición, la pena ejecutable en Colombia se limitó a 16 años. Esto se debe al tratado de extradición vigente entre Colombia y Brasil, así como a uno de los condicionamientos impuestos por Brasil para conceder la extradición de Jaime Saade, consistente en no computar el delito de acceso carnal violento, dado que en ese país ya se encontraba prescrito.
Bajo este contexto, la condena impuesta de 24 años —que fue reducida por el Tribunal de Barranquilla en 2021— se mantiene como el referente jurídico para analizar el fenómeno de la prescripción, descartando así la interpretación planteada por la defensa de Jaime Saade.
El abogado afirmó que el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Valledupar es la sede judicial que actualmente vigila y supervisa el cumplimiento de la sanción impuesta contra el hombre.






















