La Fiscalía sostuvo que en referencia a los cinco años trascurridos sin conocer la condena, y un año desde la audiencia el sentido de fallo condenatorio sin tener definida la pena a cumplir, tiene como soporte las aparentes maniobras dilatorias de la defensa, por cuanto la procesada cambió en varias ocasiones de apoderado; la recusación del juez a cuyo despacho se adjudicó el proceso y las decisiones establecidas por la Judicatura frente a la suspensión de términos por la pandemia de la Covid – 19. El ente acusador sigue el direccionamiento estratégico establecido por el señor fiscal Francisco Barbosa Delgado, de combatir todas las formas de corrupción y obtener penas ejemplarizantes contra sus autores.