El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional de la norma que establecía la obligatoriedad de la presencia del ministro de Hacienda y Crédito Público para que la Junta Directiva del Banco de la República pudiera sesionar, deliberar y tomar decisiones.
En ese sentido, dicha medida se adoptó como parte de un proceso judicial que analiza la legalidad de la composición de ese órgano y su regulación en los estatutos del banco central.
La decisión fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, mediante un auto que además da impulso al trámite judicial de fondo sobre la estructura institucional del Banco de la República.
Además, el alto tribunal dispuso ajustes procesales sobre el tipo de acción presentada, lo que permitirá que el caso continúe bajo el mecanismo jurídico adecuado para este tipo de controversias.
Esto quiere decir que la determinación implica que la norma cuestionada queda sin efectos de manera temporal mientras avanza el estudio de fondo del proceso.
“La decisión se adopta en el contexto de una demanda que busca la nulidad de apartes del artículo 35 del Decreto 2520 del 14 de diciembre de 1993, norma que regula la composición del máximo órgano del banco central”, dijo el Consejo de Estado.





















