El Heraldo
Colombia

JEP atribuye a su labor decisión de la CPI

Advierte el tribunal de paz que el fiscal de la CPI ordenaría la reapertura del examen de no respetarse el mandato de la JEP.

La JEP afirmó este jueves en un comunicado que al tomar la determinación de superar el examen preliminar sobre la situación en Colombia y dar paso a un nuevo paradigma en la relación entre las autoridades nacionales y la Corte Penal Internacional, la Oficina del Fiscal de la CPI "reconoce y valida la justicia transicional creada en el Acuerdo Final para la Paz" y le otorga un "sello de la más alta calidad, en derecho penal internacional, a los beneficios, las sanciones, los procedimientos, el esfuerzo y los resultados de la JEP".

Agrega el tribunal de paz en este sentido que es gracias a los avances innegables de la Jurisdicción y de otros organismos judiciales en la lucha contra la impunidad, que la Corte Penal Internacional "alcanzó la tranquilidad y la confianza requeridas para tomar una determinación histórica como la que hoy ha anunciado el fiscal Karim Khan".

Y advirtió que la firmeza de esa decisión depende del cabal cumplimiento de una serie de compromisos, "y entre estos se destaca el apoyo serio, genuino y constante a la justicia que administra la JEP".

Señala la JEP que el examen preliminar duró abierto 17 años porque, durante ese tiempo, el sistema judicial no había evidenciado progresos lo suficientemente robustos frente a la criminalidad internacional ocurrida en el país: "Tuvieron que transcurrir solo tres años de funcionamiento de la JEP para que, debido a su trabajo y compromiso contra la impunidad de los crímenes más graves, un hecho como este pudiera ocurrir".

Pone de presente el tribunal de paz que la Fiscalía de la Corte Penal Internacional acuerda con el Estado, que para cumplir sus deberes bajo el Estatuto de Roma, Colombia debe, en primer lugar, garantizar el marco constitucional y legal de la JEP, y evitar cualquier interferencia en sus funciones. 

"De esta forma, la estructura prevista en el Acuerdo Final, la composición, las funciones y las instituciones de la Jurisdicción ahora concretan el derecho penal internacional en nuestro país. No es posible alterarlas sin activar una competencia más decidida de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional, y eso se debe a que una reforma de esa naturaleza constituye un incumplimiento de los compromisos asumidos por Colombia", se lee en el boletín.

Y advierte que ante eventuales sucesos como ese, la Oficina del Fiscal se reserva la facultad de ordenar la reapertura del examen, y según la gravedad del incumplimiento, de iniciar una investigación formal. 

"El sentido de proyectos de acto legislativo como el que actualmente cursa en el Congreso de la República, y cuyo propósito es distorsionar la estructura de la JEP con un efecto distinto al de luchar contra la impunidad, no puede ser otro que desconocer el renovado deber que hoy adquiere Colombia con la Corte Penal Internacional", concluye la corporación de justicia transicional.

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