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El panorama judicial para la intervención de la Nueva EPS se complica tras la reciente decisión del Juzgado 25 Penal del Circuito de Bogotá, que este jueves sancionó con cinco días de arresto a Jorge Iván Ospina Gómez, actual agente especial interventor de la entidad, por desatender una orden judicial que buscaba proteger el derecho fundamental a la salud de una ciudadana.

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La medida surgió tras un proceso de desacato iniciado por Luz Mila Ferreira, quien desde diciembre de 2025 esperaba la entrega de un insumo médico especializado. Ante la falta de respuesta institucional, la paciente se vio obligada a costear con recursos propios un stent redireccionador de flujo, desembolsando la suma de $ 62.835.004.

A pesar de que el fallo de tutela original fue proferido a finales de 2025, el juzgado determinó que la responsabilidad actual recae sobre Ospina, quien asumió el cargo el pasado 13 de abril de 2026. En este sentido, la justicia fue enfática al señalar que los relevos en la dirección no pueden ser una excusa para vulnerar los derechos de los usuarios.

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En el documento oficial, la jueza Catalina Piedrahita Gutiérrez argumentó que no existía un impedimento real para ejecutar el pago, sino una ausencia de intención operativa. “Los constantes cambios en la dirección o intervención de la entidad no pueden trasladar al accionante la carga de soportar dilaciones o incumplimientos, ni generar traumatismos en la efectividad de los derechos fundamentales amparados”, señala la providencia.

Estos son los detalles de la sanción proferida contra el interventor de la Nueva EPS

La sentencia, que consta de 15 páginas, no solo impone la privación de la libertad, sino que también incluye una carga económica y la vigilancia de otros organismos de control.

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En este sentido, la sanción contempla cinco días de detención para Jorge Iván Ospina y una multa económica equivalente a cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Esta medida busca resarcir el incumplimiento de una obligación que debió resolverse originalmente en un plazo de 72 horas; no obstante, la ciudadana Ferreira esperó más de cuatro meses por el reembolso, por lo que el fallo ahora exige gestionar la devolución del dinero de manera inmediata. Adicionalmente, el juzgado ordenó compulsar copias a la Superintendencia Nacional de Salud para que inicie un proceso sancionatorio adicional contra la Nueva EPS.

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Dentro de la resolución, se lee de forma taxativa: “PRIMERO: DECLARAR que la NUEVA EPS por medio de su representante legal para asuntos judiciales de tutela y/o su interventor Jorge Iván Ospina Gómez, incurrió en desacato al fallo de tutela proferida el 16 de diciembre de 2025, por las razones expuestas”.

La autoridad judicial concluyó que el silencio administrativo de la entidad terminó por afectar la integridad de la paciente. Por ello, el juzgado reafirmó en el segundo punto de la sentencia la obligación de imponer la sanción a Ospina “en calidad de Agente Especial Interventor de la Nueva Promotora de Salud S.A. – NUEVA EPS”.

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Tras la firma de la providencia, el expediente será remitido al Tribunal Superior de Bogotá. Esta instancia será la encargada de realizar el trámite de consulta y revisar la legalidad de las sanciones impuestas antes de que se hagan efectivas.