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En Colombia, las Cajas de Compensación Familiar como Compensar, Cafam y otras supervisadas por la Supersubsidio son fundamentales para garantizar el bienestar de los trabajadores y sus familias, ofreciendo acceso a subsidios, educación, programas recreativos, vivienda y salud.

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Asimismo, para este año 2026, los criterios de afiliación estarán determinados por el parentesco, la edad, la dependencia económica y los ingresos de cada beneficiario, por lo que es esencial conocer quiénes pueden incluirse y hasta qué edad.

El derecho a recibir los servicios y subsidios de la caja inicia con la afiliación del trabajador formal, quien debe estar vinculado laboralmente y devengar hasta cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv), equivalentes en 2026 a $7.000.362, considerando un salario mínimo de $1.750.090. Los beneficiarios y sus condiciones son los siguientes:

  • Cónyuge o compañero(a) permanente: puede ser afiliado(a) sin límite de edad, incluyendo parejas del mismo sexo. Se requiere acreditar convivencia y dependencia económica.
  • Hijos e hijastros: pueden ser beneficiarios hasta los 18 años y 11 meses. Si cursan estudios formales, este límite se extiende hasta los 23 o 25 años, según la caja, siempre que se compruebe escolaridad y dependencia económica. Los hijos con discapacidad permanente certificada no tienen límite de edad mientras dependan económicamente del trabajador.
  • Padres: mayores de 60 años pueden afiliarse si no reciben salario, pensión o renta y dependen económicamente del trabajador. Los padres con discapacidad también pueden beneficiarse sin restricción de edad.
  • Hermanos: solo pueden afiliarse aquellos huérfanos de padre y madre que convivan y dependan económicamente del trabajador, hasta los 18 años y 11 meses. Si presentan discapacidad permanente certificada, no existe límite de edad.

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Según Cafam, los hijos o hermanos mayores de 18 años pueden mantener la afiliación si demuestran que cursan estudios formales, y para quienes tengan más de 12 años se requiere certificado escolar actualizado para recibir el subsidio monetario.

Documentación requerida para la afiliación

Para afiliar beneficiarios es necesario presentar pruebas de parentesco y dependencia económica. Entre los documentos básicos están:

  • Registro civil de nacimiento (para hijos, hijastros y hermanos).
  • Tarjeta de identidad (mayores de 7 años) o cédula (adultos).
  • Acta de matrimonio o declaración de convivencia (cónyuge o compañero(a) permanente).
  • Certificado escolar (hijos mayores de 12 años).
  • Declaración juramentada de dependencia económica.
  • Dictamen médico en caso de discapacidad.

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Mantener la información actualizada y entregar los soportes requeridos es clave para evitar la suspensión de beneficios.

casos especiales

Desde enero de 2026, Cajasan, Bucaramanga, permitirá afiliar familiares adicionales como abuelos, nietos, tíos o suegros mediante el pago de la UPC Adicional en el servicio de salud, ampliando la cobertura más allá del núcleo familiar, aunque bajo condiciones y costos distintos.

Para hijos, la afiliación como beneficiarios finaliza a los 18 años, pero puede extenderse hasta los 23 o 25 años si estudian, o mantenerse sin límite si presentan discapacidad permanente y se entregan los soportes necesarios. Padres y hermanos con discapacidad también pueden mantenerse afiliados sin restricción de edad si hay dependencia económica comprobada.

Consideraciones importantes

La Supersubsidio y las cajas enfatizan que “el beneficio de afiliación es para dependientes económicos”. Los trabajadores deben actualizar la información de sus beneficiarios, presentar la documentación requerida y cumplir con los topes de ingreso. El beneficio económico aplica principalmente a quienes devengan hasta 4 smmlv.

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En resumen, para 2026 los beneficiarios posibles son:

  • Cónyuge o compañero(a) permanente, sin límite de edad.
  • Hijos e hijastros hasta los 18 años y 11 meses, o hasta 23/25 si estudian, y sin límite en caso de discapacidad.
  • Padres mayores de 60 años o con discapacidad, sin ingresos ni pensión.
  • Hermanos huérfanos de ambos padres hasta 18 años y 11 meses, o sin límite si tienen discapacidad.