La Procuraduría confirmó, en fallo de segunda instancia, la sanción impuesta a la entonces directora de la cárcel El Buen Pastor, Diana Cecilia Muñoz Miguez, por la fuga de la excongresista Aída Merlano Rebolledo el pasado 1º de octubre de 2019, del Centro Médico de La Sabana en Bogotá.
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El ente de control comprobó que Muñoz Miguez entregó las boletas hospitalarias y la orden judicial para la salida del centro de reclusión de Merlano, con el objeto de realizarse un procedimiento estético dental, sin autorización del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y sin la seguridad requerida.
La exfuncionaria fue destituida e inhabilitada por 10 años en primera instancia, sanción que fue confirmada en segunda instancia este martes por el Ministerio Público.
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Es de recordar que la excongresista con una soga amarrada al centro médico en la que era atendida se escapó con rumbo a Venezuela donde fue posteriormente capturada y luego extraditada a Colombia donde cumple su condena por delitos electorales.
La misma sanción de Muñoz Miguez le fue impuesta al excomandante de custodia, David Alexander Álvarez Cárdenas, quien suscribió la remisión médica de la condenada sin las medidas de seguridad necesarias; y a la exsubdirectora, Katherine Lozano Forero, por aprobar el traslado de Merlano Rebolledo al consultorio médico, el 26 de septiembre y 1º de octubre de 2019.
Adicionalmente, el órgano de control suspendió por tres meses al exdragoneante Luis Alejandro Ballesteros Rincón por permitir el encuentro familiar de la exfuncionaria con sus hijos, durante dicha cita médica.
Para la Procuraduría “los disciplinados vulneraron los principios de moralidad, responsabilidad, transparencia y eficacia establecidos en la ley para el cumplimiento de los servidores públicos”.
Las faltas de la exdirectora y el excomandante de custodia y vigilancia del centro penitenciario fueron calificadas como gravísimas cometidas con dolo; mientras que la de la exsubdirectora fue tipificada como gravísima, a título de culpa gravísima; y la del exdragoneante fue considerada por la Procuraduría como grave con culpa grave.




















