Los gobernadores del país estudian los instrumentos jurídicos que pueden utilizar para frenar el decreto de emergencia económica del Gobierno, publicado el pasado 22 de diciembre luego de que el Congreso hundiera el proyecto de reforma tributaria del Ejecutivo.
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La Federación Nacional de Departamentos (FND) señaló en un comunicado que demandará la propuesta gubernamental al considerar que hay un “riesgo cierto para la sostenibilidad financiera de las administraciones departamentales y su capacidad de garantizar la prestación de servicios esenciales como la salud, la educación y el deporte”.
En ese sentido, el Gobierno señaló que busca recaudar 11,1 billones de pesos adicionales en 2026 con los impuestos que decretará en el marco de la emergencia económica declarada la semana pasada para equilibrar la “situación financiera” del país.
Esto ocurrió luego de que el Congreso hundiera dos semanas antes el proyecto de reforma tributaria con la que el Ejecutivo pretendía recaudar 16,3 billones de pesos para completar el presupuesto nacional de 2026.
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En ese sentido, el Gobierno publicó el 30 de diciembre los nuevos tributos que incluyen un aumento del impuesto al patrimonio.
En cuanto al impuesto al valor agregado (IVA), el Gobierno lo incrementará para los licores (exceptuando la cerveza), que hoy está en el 5 % y con el decreto quedará en el 19 %.
Al respecto, la FND señaló que buscará a través de las vías judiciales frenar lo más pronto posible “lo referente al aumento del Impuesto al Consumo y el incremento al IVA del 5 % al 19 %, mientras la Corte Constitucional se pronuncia de fondo sobre la constitucionalidad del decreto que declaró el estado de emergencia”.
“En este análisis se evaluará la eventual aplicación de una excepción de inconstitucionalidad, al evidenciarse un riesgo cierto para la sostenibilidad financiera de las administraciones departamentales y su capacidad de garantizar la prestación de servicios esenciales como la salud, la educación y el deporte”, agregó la información.
¿Qué es la excepción de inconstitucionalidad?
La figura de la excepción de inconstitucionalidad basa su aplicación en el artículo 4° de la Carta Magna, el cual señala que “la Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales. Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades”.
En ese sentido, se entiende por excepción de inconstitucionalidad a la facultad de los operadores jurídicos en caso de que detecten una clara contradicción entre la disposición aplicable a un caso concreto y las normas constitucionales, según explica la Corte Constitucional en su sitio web.
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Por su parte, el Consejo de Estado, en la Sentencia 02724 de 2017, concluye que “cualquier autoridad debe dar aplicación prevalente a las normas constitucionales sobre cualesquiera otras que resulten contrarias a ellas, de igual manera puede y debe inaplicar disposiciones contenidas en actos administrativos de cualquier índole, cuando contradicen a aquellas otras que les son superiores jerárquicamente”.
Minjusticia anuncia acciones legales contra gobernadores
El ministro de Justicia, Andrés Idárraga, indicó que el Gobierno nacional emprenderá acciones jurídicas contra los gobernadores que desconozcan el decreto de emergencia económica invocando la excepción de inconstitucionalidad.
“De entrada, lo pretendido usurpa la competencia exclusiva de la Corte Constitucional, para estudiar y definir la constitucionalidad del decreto cuestionado. ¿Será que pretenden descocerlo vía excepción de inconstitucionalidad? Cosa que tampoco es legítima invocar para el caso que nos ocupa. Se estarían abrogando competencias ajenas y desconociendo la Constitución Política”, sostuvo.




















