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Por: Rosa Angélica Mosquera

Colombia será escenario de la democracia este 2026. El próximo 8 de marzo serán las elecciones del Congreso, y el 31 de mayo las presidenciales; dos jornadas electorales que marcarán sin duda alguna el rumbo de Colombia.

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Cabe recordar que el cierre de las inscripciones de cédulas se realizará este jueves 8 de enero de 2026.

Ante el panorama, muchos colombianos comienzan a consultar las fechas en las que la Registraduría Nacional del Estado Civil publicará el listado de las personas seleccionadas para ser jurados de votación.

De igual manera, la Registraduría ha solicitado, durante las dos primeras semanas de enero, tanto a las entidades públicas como a las empresas privadas e instituciones educativas el listado de los ciudadanos que se postularán para ser jurados.

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Luego de obtener dicha información, antes del 21 de enero, un software especializado realizará un sorteo el 26 de febrero para seleccionar de forma aleatoria a los ciudadanos que serán jurados de votación, garantizando que no haya dos o más personas provenientes de la misma empresa, entidad o institución.

¿Cómo saber si fue seleccionado para ser jurado de votación?

Después del sorteo el 26 de febrero, la Registraduría publicará el listado oficial de quiénes serán los jurados de votación para las elecciones de Congreso.

Este registro será publicado en la página oficial de la entidad, donde los ciudadanos podrán digitar su número de cédula o averiguar en las diferentes sedes que tiene la Registraduría en todo el país.

De acuerdo a la Misión de Observación Electoral (MOE), “los jurados de votación son la máxima autoridad en la mesa de votación. En ese sentido, son las personas que atienden a los ciudadanos votantes el día de las elecciones, realizan el preconteo de votos y registran los resultados en los respectivos documentos electorales”.

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La MOE señaló además en su Ruta Electoral las características de los jurados de mesa y quienes podrán ser designados como tal.

¿Qué características deben cumplir los jurados de votación?

• Ser ciudadano en ejercicio de sus derechos políticos.

• No tener más de 60 años, ni ser menores de 18 años.

¿Quiénes pueden ser designados como jurados de votación?

• Funcionarios y empleados públicos

• Empleados de empresas privadas

• Estudiantes de educación superior mayores de 18 años

• Miembros de partidos y movimientos políticos