La Justicia condenó a entre seis y siete años de cárcel a once médicos que mediante documentos falsos accedieron a diplomas de universidades brasileñas que los acreditaban como médicos especialistas en cirugía plástica y estética, informó este martes la Fiscalía.
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Ocho de los acusados fueron condenados a siete años de cárcel y los otros tres, a seis años y seis meses de detención y al pago de 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Todos fueron inhabilitados para ejercer funciones públicas por cinco años.
”Los sentenciados aportaron documentos falsos en los que afirmaban que cursaron 2.616 horas en un postgrado presencial en Brasil. Sin embargo, quedó acreditado que no cumplieron con los requisitos exigidos por el centro educativo y estuvieron en ese país por cortos periodos”, señaló la entidad en un comunicado.
Por esa razón, jueces penales de circuito de Bogotá condenaron a los acusados “a penas superiores a seis años de prisión”, pues “todos fueron encontrados responsables de los delitos de falsedad en documento privado y fraude procesal”.
”En el curso de la investigación se estableció que los médicos no cumplieron con el requisito de cuatro años de presencialidad que exigía la universidad, y estuvieron en ese país por cortos periodos, de 51 y 95 días máximo”, agregó la Fiscalía.
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Con documentación falsa accedieron a la convalidación de sus títulos en el Ministerio de Educación de Colombia, por lo cual esa cartera “deberá cancelar las resoluciones de convalidación de los títulos académicos”, agregó la información.
De la misma forma, el Ministerio de Salud tendrá que actualizar el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud “para que los ciudadanos conozcan las aptitudes y especialidades clínicas reales que pueden desarrollar estos profesionales”.
De acuerdo con la Fiscalía, los condenados fueron identificados como Víctor Manuel Jaramillo Torres, Javier Locano Botero, Rodolfo Albeiro López Zapata, Giovanni Cortés Montealegre, Marco Antonio Vergara Calero, Gerardo Rojas Gómez, Alfredo Rodríguez Figueroa, María Mónica Martínez Martínez, Rubén Darío Arciniegas Martínez, Juan Fernando Abadía Silva y Henry Diego Fernando Ortiz Silva.
Las condenas
Víctor Manuel Jaramillo Torres, Javier Locano Botero y Rodolfo Albeiro López Zapata fueron sentenciados a 6 años y 6 meses de prisión, y al pago de 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Por su parte, Giovanni Cortés Montealegre, Marco Antonio Vergara Calero, Gerardo Rojas Gómez, Alfredo Rodríguez Figueroa, María Mónica Martínez Martínez, Rubén Darío Arciniegas Martínez, Juan Fernando Abadía Silva y Henry Diego Fernando Ortiz Silva fueron condenados a 7 años de prisión. Todos fueron inhabilitados para ejercer funciones públicas por 5 años.
El juez del caso libró las órdenes de captura para que los sentenciados cumplan las condenas en centros carcelarios.
Actualización de la noticia
El pasado 10 de noviembre de 2025, el Tribunal Superior de Bogotá revocó la sentencia condenatoria emitida en primera instancia contra ocho médicos procesados por presunto fraude procesal y falsedad en documento privado, relacionados con la convalidación en Colombia de títulos de cirugía plástica obtenidos en Brasil.
La decisión favoreció a Giovanni Cortés Montealegre, Marco Antonio Vergara Calero, Gerardo Rojas Gómez, María Mónica Martínez Martínez, Rubén Darío Arciniegas Martínez, Juan Fernando Abadía Silva, Henry Diego Fernando Ortiz Silva y Alfredo Rodríguez Figueroa.
En marzo de 2025, el Juzgado 45 Penal del Circuito de Bogotá los había condenado a 84 meses de prisión, multa de 200 salarios mínimos e inhabilidad para ejercer funciones públicas, además de ordenar dejar sin efecto las resoluciones de convalidación expedidas por el Ministerio.
Sin embargo, al resolver la apelación, el Tribunal consideró que existían dudas razonables sobre la supuesta falsedad de los documentos, la forma en que funcionaban los programas académicos brasileños y la interpretación de los requisitos de presencialidad. También analizó posibles falencias en la valoración probatoria realizada en primera instancia.
Con base en ello, la Sala Penal decidió revocar la condena y absolver a los procesados.





















