Este año 2016 cierra con una ley y un proyecto de ley (ad portas de ser sancionado por el presidente) que buscan mejorar las condiciones de vida de quienes están en lista de espera para recibir un órgano o tejido imprescindible para su salud. La ya sancionada Ley (1805 de 2016) fue autoría del representante Rodrigo Lara Restrepo y, la que espera el visto bueno de Juan Manuel Santos, es iniciativa del senador atlanticense Efraín Cepeda Sarabia.
De acuerdo con el Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud (INS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS), Colombia registra cifras positivas en donación de órganos y tejidos: 'En 2015, 1.204 colombianos recibieron trasplantes e implantes que prolongaron y mejoraron sus vidas'.
Lo anterior, refleja una cifra 17% más alta que la registrada en 2014, según precisaron las entidades en el marco de la celebración del Día Mundial del Donante de Órganos y Tejidos, celebrada el pasado 14 de octubre.
Con respecto a la lista de espera, según el corte hecho en septiembre de este año, el INS reportó un total de 2.277 pacientes, de los cuales 24 esperan corazón, 135 hígado, 2.085 riñón, 30 pulmón, 1 páncreas, 1 intestino y 1 riñón-páncreas.
Sobre la negativa de los familiares, las entidades aseguraron que, pese que no se presenta en la mayoría de los casos, 'la cifra no es despreciable'.
'A corte de 30 de junio del 2016, de 390 casos de donantes elegibles en los que se consultó a las familias, 160 respondieron negativamente a la donación de órganos o tejidos, mientras que 230 respondieron de forma afirmativa'.
Y han sido precisamente el movimiento de esas cifras lo que ha llevado a que algunos congresistas tengan iniciativas legislativas al respecto.
Autorización de familiares
El contenido normativo propuesto por Rodrigo Lara, sancionado por Juan Manuel Santos el pasado 8 de agosto, convierte a todo colombiano en potencial donante, a menos que exprese en vida su negativa a serlo.
Sobre el particular, Lara manifestó en su momento que lo que lo motivó a radicar este proyecto fue la experiencia de un amigo, que 'volvió a nacer' luego de recibir un trasplante de riñón.
Asimismo, explicó que el contenido normativo buscó mantener la presunción legal de donación (contenida desde 1988), es decir, que cada ciudadano sea donante a menos que manifieste lo contrario.
No obstante, lo novedoso de este paquete de artículos, que debe entrar en vigencia el próximo 4 de febrero de 2017, es que eliminó la autorización de los familiares, quienes no podrán oponerse a que los órganos de sus parientes se utilicen para beneficiar a aquellos que los necesiten.
'La ley busca fomentar que las personas manifiesten en vida su voluntad, pues es inexplicable que los familiares de alguien que tuvo toda una vida para oponerse a ser donante decidan por él', dijo.
Otro de los aspectos que abarca esta ley es que crea un agravante en el delito de comercialización hacia el exterior de componentes anatómicos (tejidos) de la mitad al doble de la pena. Actualmente es de 3 a 6 años y, con esta norma, queda en el rango de 5 a 7 años de prisión.
Finalmente, se restringe la donación a extranjeros no residentes en el país.
Así las cosas, en la donación de órganos se dará prioridad a los colombianos en la lista de espera.
Cabe resaltar que si una persona no desea ser donante debe hacer una declaración delante de un notario y luego inscribir el documento ante el INS O por manifestación expresa al momento de afiliarse a la EPS. Serán estos los únicos elementos válidos para evitar que el cuerpo del fallecido sea susceptible de servir como donante.
Agilizar el proceso
Ahora bien, sobre esa declaración de no querer donar órganos o tejidos es que se enfoca la iniciativa legislativa del senador Cepeda.
Con este proyecto, que, de acuerdo con el parlamentario, encontró resistencia en el Congreso por creer que se trataba del mismo contenido que el de la ley de Lara Restrepo, lo que se establece es que al momento de realizar el trámite de expedición de la cédula de ciudadanía o de la licencia de conducción, las autoridades competentes pregunten a los solicitantes, a través de un formulario, si
desean obtener la calidad de donantes de órganos.
La respuesta que den los ciudadanos deberá ser registrada por parte del Ministerio de Transporte y la Registraduría Nacional del Estado Civil en el Registro Nacional de Donantes de órganos y tejidos.
Con lo anterior, explicó Cepeda, se precisa que, si bien con la ley del representante Lara Restrepo se presume que todos los colombianos son donantes a menos que en vida manifiesten lo contrario, es importante saber con quiénes no se puede contar, a causa del padecimiento de una enfermedad, por ejemplo, y así agilizar el proceso.
En ese sentido, destacó que uno de los puntos clave del contenido normativo es que con esta ley se podrán 'minimizar los costos de evaluación de idoneidad de los presuntos donantes y agilizar los procesos de identificación de donantes aptos'.
Entre las razones que movieron al senador barranquillero para presentar esta propuesta, destacó: 'Esta ley nace del deseo de mejorarles la calidad de vida a los colombianos y de salvar vidas. No solamente se refiere a donación de órganos como los riñones, pulmones, corazón sino de tejidos, como la cornea, y la piel en el caso de las quemados'.
Además, hizo un llamado a los colombianos: 'Debemos ser más solidarios, ser conscientes que a través de este mecanismo amplificador de vida y esperanza podemos ayudar al necesitado.
En ese sentido, advirtió también que 'el Estado colombiano debe facilitar todas las herramientas posibles que permitan generar mayores números de donantes posibles'.
El proyecto, que fue aprobado en comisiones de Senado y Cámara, entró en conciliación en ambas cámaras por los cambios que se hicieron en su texto original en el curso de los debates pero, aseveró Cepeda, 'se llegó a la conciliación, se radicó nuevamente y fue aprobada y está a punto de volverse ley de la República puesto que solo falta que pase a sanción presidencial'.
Otros dos proyectos en materia de salud que pasaron a sanción presidencial
Aumento de un mes en licencia de maternidad
Quedó aprobado, tras surtir conciliación en ambas cámaras, el proyecto que ordena el aumentó de 14 a 18 semanas de la licencia de maternidad.
Con esta iniciativa se modifican los artículos 236 y 239 del Código Sustantivo de Trabajo.
Asimismo, define la indemnización a la madre y la sustitución de la licencia en caso de que esta no logre ser de efectivo goce.
'El esposo o compañero permanente tendrá derecho a ocho (8) días hábiles de licencia remunerada de paternidad', dice el Proyecto de Ley de los senadores y representantes Tatiana Cabello Flórez, Iván Duque Márquez, Cristian José Moreno Villamizar y José Alfredo Gnecco Zuleta.
Lo que se busca con este contenido normativo es que haya una adecuada atención y cuidado de la primera infancia, el cual tiene como objeto mejorar las condiciones en las que un padre y/o una madre asumen los primeros días, semanas y meses del recién nacido.
Por su parte, Christian Moreno señaló que en la iniciativa se disponen dos semanas más de licencia para los embarazos múltiples y de alto riesgo.
Finalmente, recordó que el costo de la licencia será asumido por las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y no por los empresarios.
Salas Amigas en entidades públicas y privadas
El proyecto de ley, presentado por la representante a la Cámara del Partido Liberal Clara Rojas, que tiene por objeto que entidades públicas y privadas adopten dentro de sus instalaciones lugares destinados para la extracción y conservación en forma segura y digna de la leche materna, además en óptimas condiciones de higiene, (Salas Amigas) durante el horario laboral, fue aprobado en Plenaria del Senado el pasado miércoles, 23 de noviembre.
Sobre el mismo, Rojas aseguró: 'El proyecto de ley atiende el clamor de las madres trabajadoras colombianas'.
Al respecto, afirmó que los niños amamantados tienen por lo menos 6 veces más posibilidades de supervivencia en los primeros meses que los niños no amamantados.
También hizo mención de los beneficios que tiene la leche materna debido a que 'ayudan al sano crecimiento y a prevenir diversas enfermedades en el menor.
Y agregó: 'El tiempo de lactancia en Colombia solo alcanza los 1,8 meses frente a la recomendación de Unicef y la OMS (Organización Mundial de la Salud), que es de 6 meses'.
Finalmente, resaltó: 'Tener salas lactantes en los lugares de trabajo permite tener trabajadoras más satisfechas y productivas'.




















