Mediante Decreto 0430 del 19 de abril de 2021, el alcalde distrital, William Dau, expidió las nuevas medidas para mitigar la covid-19 en Cartagena, que entre otros, ordena el toque de queda todos los días de 10 p.m. a 5 a.m. del día siguiente, incluyendo los fines de semana.
La medida rige desde la medianoche de este lunes 19 de abril hasta las 00:00 horas del 2 de mayo próximo.
El mandatario pidió al Minsalud que el toque de queda comenzara a las 7 p.m., pero en respuesta, le recomendaron que fuera desde las 10 p.m. debido a que el comportamiento de la ocupación de camas uci es estable. Esta noche de lunes era del 67%, según cifras del Dadis.
Entre el paquete también se mantiene la medida de pico y cédula para acceder a centros comerciales, entidades financieras, mercado de Bazurto, almacenes de grandes superficies y supermercados en general, entre otros.
La asesora para la Reactivación Económica del Distrito, María Claudia Peñas, expuso que las personas exentas del toque de queda deberán estar debidamente identificadas y acreditadas con los documentos que den fe del ejercicio de sus funciones o actividades, o también podrán demostrar tales condiciones con la exhibición del código QR que se genera en la plataforma http//:adaptayrectiva.cartagena.gov.co.
Dijo además que entre las 10:00 pm y la 1:00 a.m. será habilitado el tránsito de las personas que cuenten con invitación oficial a los eventos y actividades debidamente registrados en el piloto de eventos de la Alcaldía Mayor de Cartagena.
'Para el caso del piloto de eventos sociales y ferias empresariales estos podrán seguir operando, y los invitados deberán presentar la invitación oficial para poder transitar en horarios del toque de queda una vez se acabe el evento. El resto de los trabajadores podrá generar el código QR por la plataforma adapta y reactiva, o documentación que lo certifique como trabajador', anotó.
Pico y cédula
Desde este martes 20 de abril, se retoma en Cartagena la medida de pico y cédula para el acceso y circulación de personas en centros comerciales, entidades financieras, mercado de Bazurto, almacenes de grandes superficies y supermercados en general.
Podrán hacerlo de acuerdo con el último dígito del respectivo documento de identidad.
La rotación del pico y cédula durante la vigencia del decreto es la siguiente:
Martes 20 de abril: 0-2-4-6-8, miércoles 21: 1-3-5-7-9, jueves 22: 0-2-4-6-8, viernes 23: 1-3-5-7-9, sábado 24: 0-2-4-6-8, domingo 25: 1-3-5-7-9, lunes 26: 0-2-4-6-8, martes 27: 1-3-5-7-9, miércoles 28: 0-2-4-6-8, jueves 29: 1-3-5-7-9, viernes 30: 0-2-4-6-8, sábado 1º de mayo: 1-3-5-7-9, y domingo 2 de mayo: 0-2-4-6-8
Hasta esa fecha, 2 de mayo, queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes en el interior de tiendas, refresquerías, terrazas, billares, galleras, clubes y corporaciones sociales, estancos y/o licoreras.
También se prohíbe la realización de cualquier tipo de espectáculo público y/o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo, en playas y espacios públicos; y el uso de picó, o de cualquier otra clase de artefacto de amplificación sonora que genere alteraciones a la tranquilidad y convivencia ciudadana.
El uso de playas está restringido a una sola jornada, comprendida entre las 8:00 a.m. hasta las 2:00 p.m.





















