Esta semana nuevamente se abrió el debate en el país sobre la edad reproductiva de la mujer y el mercado laboral. Un fallo de la sentencia de unificación de la Corte Constitucional cambia los criterios y abre la posibilidad de que el empleador ya no sea sancionado si despide a una mujer gestante, si este comprueba que desconocía su estado de gravidez.
La sentencia, basada en tres casos puntuales, generó reacciones a favor y en contra de expertos, mujeres gestantes y no gestantes y de la opinión pública. Por un lado, unos aseguran que la medida, no solo le brinda un fuero al empleador, sino que representa un retroceso para los beneficios laborales que el Estado les ha brindado con el paso de los años a las mujeres embarazadas. Otros, por el contrario, aseguran que la sentencia aumentará el empleo femenino, al eliminarse una 'carga desproporcionada' a los empleadores.
De acuerdo a los expertos, un gran porcentaje de mujeres desconocen que se encuentran en estado de gestación durante los primeros meses, y otras, por miedo a ser despedidas o desconocimiento de las leyes, no se atreven a avisarles a sus empleadores que se encuentran embarazadas.
De igual forma, las opiniones están divididas con respecto al impacto que tendrá la sentencia de la Corte frente a la empleabilidad de las mujeres en estado de embarazo, cuáles serían sus consecuencias y si esto favorece o no a la mujer en estado de gravidez.
'Medida acertada'
El presidente de la Corte, Alejandro Linares, aseguró a EL HERALDO que la sentencia 'va mucho más allá' de ese criterio, pues tiene como objetivo primario aumentar el empleo femenino, teniendo en cuenta que elimina la 'carga desproporcionada' para los empleadores que es usada como freno para la contratación de mujeres en edad reproductiva.
'Se quiere eliminar un desincentivo que resulta ser una carga excesiva en el mercado laboral, debido a que el Estado le pasó la carga a los patronos con relación a las obligaciones de una mujer embarazada', dijo el Magistrado.
El togado sostuvo que la decisión se toma teniendo en cuenta las cifras del Dane, que señalan que de noviembre de 2017 a enero de 2018 la tasa de desempleo para los hombres fue del 7,3 % mientras para las mujeres fue del 12,5 %.
Linares enfatizó que, aunque muchas personas tildan la sentencia como una regresión, la mayoría de la Corte coincide en que cuando se le pone demasiada carga al empleador, el efecto que se genera es que no se contraten más mujeres.
Regresión
El abogado laboralista, Rafael Rodríguez, docente de la Universidad Libre y Universidad del Norte, calificó la sentencia de la Corte Constitucional como una 'regresión' a la defensa del fuero de maternidad.
Explicó que el Estado colombiano, a través de diferentes leyes, ha venido ofreciendo garantías y derechos a las mujeres durante el periodo de gestación y después de este. En ese sentido —detalló— se han ampliado los periodos de maternidad, de lactancia e incluso se han creado salas de lactancia para que las madres alimenten a sus hijos en horas laborales. 'Mi posición es que esa sentencia es contradictoria con la jurisprudencia constitucional que tiene la Corte en otro fuero que se llama fuero de estabilidad ocupacional reforzada para las personas en condición de discapacidad física y cognitiva', sostuvo.
El experto agregó que para la mujer lo importante es la garantía de no ser despedida si queda embarazada, y que se proteja la maternidad.
¿Se mantiene la protección?
Iván Jaramillo, abogado Laboral e investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, señaló que con el criterio de jurisprudencia de la Corte Constitucional, en 2013, se debía asegurar el pago de los aportes a la seguridad social para garantizar el acceso a las prestaciones asistenciales y económicas del sistema de salud a la trabajadora y el recién nacido.
En su concepto, eliminar el tema del conocimiento del empleador en el esquema de protección de la trabajadora, a pasar de no ser conveniente, no tiene 'la virtualidad' de eliminar esa protección para las gestantes. 'Hay que enfocar a la ciudadanía, que la protección se mantiene. No se puede entender que se esté desmontado la protección si le sigue dando estabilidad laboral reforzada condicionada', explicó Jaramillo.
El fuero de maternidad hoy día 'esta reforzado', sujeto al vínculo laboral de la embarazada, ya sea que el contrato laboral este a término definido o indefinido, pero ahora la mujer 'no puede ser despedida sin previa calificación del inspector de trabajo'.
Los despidos
El abogado Rodríguez afirmó que en Colombia una mujer no puede ser despedida por su condición de embarazo, debido al fuero existente de maternidad, que protege al niño que está en gestación.
Sin embargo —aclaró— si la empresa encuentra los motivos justificados que lleven al despido, la mujer embarazada sí podrá ser removida de su cargo, siempre y cuando se demuestre que su salida no obedezca, por ningún motivo, a su estado de gestación. 'Se debe probar y es un proceso con el Ministerio de Trabajo en el que se deben presentar pruebas contundentes', señaló.
En cuanto a las mujeres que se emplean por contratos temporales, como en Navidad, y quedan en estado de gestación durante ese periodo, el abogado laboralista y docente universitario, Víctor Julio Díaz, explicó que la Corte ya había regulado esos casos en el año 2013.
Precisó que esa sentencia protege a las mujeres que fueron contratadas por un periodo determinado de tiempo y obliga al empleador a pagarle la seguridad social hasta que se termine su tiempo de licencia de maternidad, sin importar que el contrato se haya terminado.
Discriminación
De acuerdo a la investigadora de Género, María Nohemí González, la sentencia de la Corte 'agrava' la situación de discriminación a las mujeres en la sociedad colombiana y es una nueva puerta para expulsar a las mujeres del mercado laboral. 'El legislador ha mostrado su sesgo androcéntrico en la protección a los patronos al ampliar el ejercicio del poder empresarial, haciendo recaer el coste sobre la propia mujer embarazada ya que la notificación no manifiesta, obliga a las gestante una carga probatoria que se infiere con una lógica simple', sostuvo.
Entretanto, la investigadora Aura Aguilar Caro, doctora en Educación Intercultural, el fallo 'no brinda garantías' a las mujeres en etapa de gestación. 'Hace un tiempo la Corte había omitido el examen de gravidez para el ingreso laboral y ahora se falla en contra. Creo que eso causa un impacto en la autoestima fémina, cuando está en el trabajo y corre el riesgo del despido', advirtió la experta.
'Estoy viendo si me retiro del trabajo'
La felicidad no cabe en el rostro de Alejandra Gutiérrez al decir que conoció hace dos semana, través de una prueba médica, que tiene tres meses de embarazo. Comenta que ha hablado con su esposo sobre la posibilidad de retirarse de su trabajo, debido a que ha 'visto como discriminan' a las gestaste en su ámbito laboral.
La mujer de 23 años es cajera en un almacén de cadena desde hace más años.
'He tenido a compañeras que han salido embarazadas en el trabajo y las miran feo porque no pueden hacer las mismas actividades de antes (mover cajas, llenar estanterías), estoy viendo si mejor me retiro antes de tener que decir que estoy embarazada', comenta la gestante en las afueras del E.S.E. Hospital Niño Jesús de Barranquilla, adonde acudió al mediodía de ayer, tras 'sentir una molestia' en el vientre.
'Imagínese tener que pedir permiso cada vez que me sienta mal. Yo soy consciente de que esa situación me haría sentir mucha pena delante de mis jefes y por eso pienso retirarme, además que quisiera dedicarme por completo a atender mi embarazo', explicó la joven mujer.
Asegura que pese a que en su lugar de trabajo hay habilitado espacios para que las mujeres lactantes pueda extraer la leche materna, el tiempo que toma ese proceso es 'interrumpido constantemente'.
'Hay compañeras que deben ir los cuartos lactantes, pero los supervisores las apuran, les dicen que hay muchos clientes en filas, o que simplemente lo hagan después de que baje el flujo de compradores. Así, la verdad, no me guisaría estar en el trabajo', sentencia la mujer.
Los casos
Al momento del retiro ya estaba embarazada
En uno de los casos estudiados, la demandante fue despedida por proceso disciplinario y pedía su reintegro argumentando que en el momento del retiro ya se encontraba embarazada. En este caso la Sala determinó que ni el empleador ni la trabajadora sabían del embarazo al momento del despido.
No tenia derecho al fuero de maternidad
En otro de los caso analizado por la Corte Constitucional, la trabajadora manifestó 'que conoció de su estado de gestación tres semanas después de su despido sin justa causa', por lo que el Alto tribunal concluyó que no tenía derecho al fuero de maternidad.
La empresa sí sabía su estado de gravidez
En el tercer caso analizado, la Corporación determinó que el empleador sí conocía el embarazo de la trabajadora al momento del despido, por lo cual la Corte ordenó el pago de salarios y prestaciones durante el período correspondiente al embarazo, licencia de maternidad y período de lactancia.
Magistrada discrepó el fallo
La magistrada Diana Fajardo Rivera, salvó parcialmente el voto ante esta decisión y discrepó que se hubiera negado el amparo en dos de los tres casos estudiados y, en especial, del cambio de precedente constitucional que llevó a cabo la Sala Plena con el fallo de la sentencia unificada.
'Consideró que las estadísticas sobre desempleo de las mujeres en edad reproductiva mencionadas no eran concluyentes para modificar la doctrina de la Corte', señala la Corte en un comunicado.
La Magistrada indicó además, que con la modificación, 'la Corte dejó completamente desamparado un grupo importante de mujeres, sin que existan otras medidas idóneas y eficaces para asegurar, durante la gestación y la lactancia, su eficaz protección'.


