Desde el mes de noviembre empezarán a llegar las notificaciones de la contribución de valorización a los predios ubicados en la zona de influencia de la Vía al Mar y la Circunvalar de la Prosperidad. Previo a este proceso, el Instituto Nacional de Vías (Invías) expidió una nueva resolución para definir los mecanismos para realizar el pago del gravamen.
De acuerdo con el documento de 25 páginas expedido el pasado 26 de agosto, que fue conocido en primicia por EL HERALDO, los pagos podrán hacerse “en especie o en dinero”.
En ese sentido, se expone que el primer método procederá “cuando se trate de bienes inmuebles de interés del Gobierno nacional” para el desarrollo de obras de infraestructura pública.
Con relación al pago en dinero, en la resolución se barajan varias opciones. El pago total o inmediato se podrá efectuar con un descuento del 10 % para aquellos propietarios que realicen el pago “durante el vencimiento de la primera fecha establecida en la cuenta de cobro”.
Aquellos que decidan hacer el pago total hasta la segunda fecha de vencimiento no recibirá descuento alguno. Adicionalmente se ha contemplado 1 % para aquellos propietarios que realicen la actualización de la información de los datos de los predios. Esta rebaja será válido “independiente de la opción de pago que vayan a tomar” y se reflejará en la cuenta de cobro.
Mientras que en el pago a cuotas, el Invías determinó que el plazo máximo de financiación será de hasta 4 años, que equivale a hasta 16 cuotas trimestrales. Además, generará intereses de financiación que se liquidará a partir de la segunda cuota sobre el saldo a capital y se cobrará hasta que finalice el pago.
La liquidación del interés de financiación se hará por trimestre vencido y se aplicará la tasa DTF más seis puntos porcentuales.
El interés de mora, por su parte, se liquidará por mes a partir del día siguiente calendario a la fecha de la cuota vencida. El Invías indicó que “para aquellas obligaciones que no hayan cancelado dentro del plazo establecido se aplicará la tasa de usura vigente menos dos puntos”.
También se confirmó que el monto a distribuir a través de la valorización asciende a $2.3 billones que corresponden al beneficio obtenido por la ejecución de la obra con la indexación correspondiente.
Las exenciones definidas
La resolución contempla que entre los predios excluidos se encuentran las unidades prediales cuyos propietarios son categorizados como pobres extremos o pobres moderados en el Sisbén. También se incluye a las personas que, mediante estudios técnicos, demuestran que no tienen capacidad de pago para asumir la contribución de valorización.
El documento reglamenta las exención para a los predios habitacionales de los estratos 1, 2 y 3, así como a predios del orden rural que tengan condiciones precarias de subsistencia que se ubiquen en la zona de influencia.





















