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La Comisión Séptima de la Cámara aprobó este miércoles en primer debate 17 artículos de la polémica reforma laboral, con lo que la controvertida iniciativa de Petro llega a 40 artículos aprobados y dos eliminados de los 98 que tiene en total.

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Los dos artículos eliminados fueron el 9 y 10, que proponían sanciones moratorias y la ineficacia del despido discriminatorio.

Al inicio de la discusión, la célula legislativa negó las proposiciones de exclusión del orden del día de la reforma y de aplazamiento del proyecto, presentadas por el representante Andrés Forero, del Centro Democrático.

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Posteriormente, la Comisión aprobó por 14 votos a 5 los artículos 2 y 44, con proposiciones avaladas. El artículo 22 de refiere a la protección contra la discriminación y que tuvo el visto bueno con una proposición avalada, dejando protegidas a mujeres en embarazo, quienes profesen alguna religión y las víctimas de violencias basadas en género.

Y el 44 que establece la normativa para la contratación de deportistas y entrenadores, y que admite la figura del contrato de trabajo especial que les permite fijar cláusulas de exclusividad o duraciones por temporadas

Luego se avaló el artículo 39, sobre la protección al trabajo femenino rural y campesino.

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Al respecto, la ministra de Trabajo, Gloria Ramírez dijo que 'la economía del cuidado hoy le aporta al PIB de este país el 19,8%, sin embargo no hay un reconocimiento de esas actividades ni en lo económico ni en los procesos de derecho. Y el año pasado este Congreso declaró al campesinado sujeto de derechos. Por ello este reconocimiento a las cuidadoras del campo es sumamente importante'.

Este punto indica que 'el trabajo de la mujer rural y campesina será especialmente protegido, y se deberá reconocer la dimensión productiva, social y comunitaria de su trabajo. Deberán ser remuneradas por el trabajo que realizan en la preparación de alimentos, el cuidado de animales y de cultivos, y las demás que desarrollen de manera subordinada, en relación con sus empleadores. El Ministerio del Trabajo reglamentará la forma en que la mujer rural y campesina accederá al sistema de seguridad social integral cuando no lo hagan de manera contributiva. Para ello deberá reconocer los riesgos ocupacionales a los que se encuentran expuestas, teniendo en cuenta sus particularidades biológicas y sociales, y las múltiples jornadas de trabajo, incluyendo aquellas relacionadas con el cuidado de familias, personas enfermas, personas con discapacidad y otras. El gobierno nacional y los empleadores velarán por eliminar cualquier forma de discriminación o explotación'.

Así mismo, se aprobaron los artículos 6, de la jornada máxima legal, que dispone que esta no podrá superar las 8 horas al día ni las 42 a la semana. Además, avaló el artículo 20, que habla de siete tipos de licencias y establece que los empleadores deben conceder licencias a los trabajadores para diversos casos: ejercer el derecho al voto, desempeñar cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación, y en situaciones de grave calamidad doméstica que afecten el normal desarrollo de sus actividades. También deben permitir ausencias para desempeñar comisiones sindicales, asistir al entierro de compañeros, asistir a citas médicas programadas o de urgencia, incluidas aquellas por ciclos menstruales incapacitantes o endometriosis diagnosticada. Además, se otorgan licencias para cumplir obligaciones escolares como acudiente de menores del núcleo familiar y para atender asuntos judiciales, administrativos, médico-legales, o relacionados con violencias basadas en género.

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Igualmente pasaron el 60, de modalidades de trabajo a distancia; 62, del auxilio compensatorio de costos de valor de internet y valor de energía para las modalidades de trabajo a distancia.

También el 16 de contratos a término fijo y por obra o labor determinada que dice que los contratos a término fijo pueden tener una duración máxima de tres años para cubrir necesidades temporales del empleador y deben celebrarse por escrito, especificando la necesidad y su conexión con la duración del contrato. Si no se cumplen estas condiciones, el contrato se considerará a término indefinido desde el inicio. Además, se permiten prórrogas pactadas mediante acuerdo escrito cuando el contrato inicial sea por menos de un año.

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De la misma forma, el 14 de factores de evaluación objetiva del trabajo y el 17 de la relación de horas extras.

Así mismo, se aprobaron el 51 de jornada flexible para trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares del cuidado, el 55 de las obligaciones especiales del empleador y el 61 del auxilio de conectividad para las modalidades de trabajo a distancia.

Finalmente fueron avalados el 1 del objeto de la reforma, el 13 de reubicación ELR y el 38 de trabajo familiar y comunitario, así como el 36 de garantías para la vivienda del trabajador y trabajadora que reside en el lugar de trabajo y su familia.

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Sobre la polémica reforma, el experto laboralista Charles Chapman cuestionó en sus redes sociales que 'los desempleados e inactivos son los más vulnerables del mercado laboral, no reciben ningún ingreso; aumentan en este gobierno (hoy son más de 17 millones: 2,7 millones de desempleados y 14,4 millones inactivos); son mayoritariamente mujeres y jóvenes; y el desempleo está en dos dígitos, teniendo de las tasas más altas de la OCDE'.

Por ello, advierte que 'ellos deberían ser el objetivo de cualquier reforma que se promueva en estos difíciles momentos de desempleo y de pérdida del interés en buscar trabajo. Si no les importa generar empleos, por lo menos no impulsen reformas que los destruyan. El derecho laboral no se puede volver un derecho para una minoría, excluyendo a la mayoría sin trabajo, máxime siendo los más vulnerables, ese no puede ser el cambio para este país'.