La Comisión Séptima de la Cámara de Representantes aprobó una modificación al fondo de ahorro pensional. El Banco de la República ya no será el encargado de nombrar a los expertos.
De acuerdo con el nuevo texto que se dio a conocer, los miembros del comité directivo que supervisarán el fondo de ahorro pensional no serán designados por la Junta Directiva del Banco de la República, como se proponía originalmente, sino que serán nombrados directamente por el presidente. La propuesta fue presentada por el representante Víctor Salcedo, del Partido de La U.
La versión anterior, aprobada por el Senado, estipulaba que estos expertos serían seleccionados por la Junta Directiva del Banco de la República para periodos de cinco años, con la posibilidad de ser reelegidos por un solo periodo adicional.
(Le puede interesar: Congreso aprueba acuerdo de inversión entre Colombia y Venezuela)
Ahora, según lo aprobado, el comité directivo estará compuesto por el ministro de Hacienda, el ministro de Trabajo y cuatro expertos en gestión de inversiones y riesgo financiero, elegidos, como ya se mencionó, por el jefe de Estado.
El comité directivo tendrá varias responsabilidades clave en la gestión del fondo de ahorro pensional:
- Aprobación de la política de administración de recursos: el comité será responsable de aprobar las políticas relacionadas con la administración de los recursos del fondo.
- Clases de activos elegibles: Tendrá la tarea de aprobar las categorías de activos en los que el fondo puede invertir.
- Objetivos de riesgo y retorno: establecerá los objetivos de riesgo y retorno del fondo, guiando la estrategia de inversión.
- Mandatos para gestores de portafolio: definirá los mandatos que deben seguir los gestores de portafolio del fondo y establecerá políticas de contratación, evaluación y remuneración para estos gestores.
- Portafolios de referencia: si se decide utilizar portafolios de referencia, el comité deberá aprobarlos bajo parámetros relevantes.
- Política de contratación: aprobará todas las políticas de contratación necesarias para la gestión adecuada del fondo.
- Política de solución de controversias: implementará políticas para la resolución de controversias que involucren directa o indirectamente al fondo.
- Política de valoración y tratamiento contable: aprobará la política de valoración y tratamiento contable del fondo, conforme a los estándares internacionales y las disposiciones de la Superintendencia Financiera de Colombia y otras autoridades competentes.




















