Hace muy bien la procuradora general, Margarita Cabello Blanco, en activar las alarmas sobre el insistente propósito del presidente Gustavo Petro de cercenar de forma burda las funciones del Ministerio Público, amparadas y respaldadas por la Constitución de 1991. El país debería acompañarla en este propósito, pues se trata –ni más, ni menos– de defender las instituciones nacionales, que son las que soportan nuestro sistema democrático. Se equivocan quienes piensan que –en el caso de la procuradora Cabello– se trata de un asunto personal o de simple vanidad. Todo lo contrario: es una defensa firme de institucionalidad nacional.
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Luego de fracasar en su primer intento por cercenar al Ministerio Público, mediante la reforma política que el Congreso de la República en buena hora hundió en marzo pasado, el Gobierno nacional vuelve a la carga, esta vez valiéndose de un acto legislativo que aún no ha sido radicado, pero que el ministro de Justicia, Néstor Osuna, está ambientando y socializando en foros y medios de comunicación. La iniciativa ya pasó la revisión del Consejo Superior de Política Criminal (CSPC), instancia asesora del Estado en relación con esta materia.
Las razones del Gobierno para pretender propinarle un zarpazo a la Procuraduría General siguen siendo las mismas del primer proyecto: el Ministerio Público no puede destituir o inhabilitar funcionarios de elección popular, pues –dice el Gobierno– así lo establece un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en una decisión que en su momento favoreció a Petro y condenó al Estado colombiano. Dicho fallo se basó en la destitución de Petro cuando era alcalde de Bogotá, por parte del entonces procurador Alejandro Ordóñez.
En su afán por destajar las funciones de la Procuraduría, el presidente Petro desconoce la reforma que ya sufrió esa entidad –luego del fallo de la CIDH– que establece que el Ministerio Público puede seguir sancionando a funcionarios elegidos por voto popular, pero sus decisiones en este sentido deben ser revisadas por el Consejo de Estado. Esa reforma superó la revisión de exequibilidad de la Corte Constitucional. Es decir, con su testarudez, Petro pretende desconocer el ordenamiento jurídico nacional.
Con su insistencia, Petro le ha dado argumentos a quienes aspiran a cargos de elección popular, pese a tener sobre sus hombros graves sanciones por parte de la Procuraduría, como es el caso del ex alcalde de Bucaramanga y excandidato presidencial Rodolfo Hernández, rival de Petro en la segunda vuelta del 2022. Muchos de esos candidatos enarbolan la bandera de Petro para justificar su acceso al poder por vía fraudulenta, pues es claro y evidente que se trataría de elecciones viciadas. En otras palabras: Petro termina haciéndole el juego a un buen número de políticos corruptos del país. ¡Ver para creer!
¿Qué hay detrás de la insistencia de Petro por cercenar las funciones de la Procuradoría General?
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El Ejecutivo metiéndole mano al Poder Judicial: ¡Qué barbaridad!
Pero hay otro propósito perverso por parte del Gobierno en su segundo intento por cercenar la Procuraduría General. La iniciativa establece que 'para racionalizar los recursos públicos', el presidente tendrá facultades extraordinarias para trasladar a procuradores judiciales y otros funcionarios de la PGN a la Rama Judicial en calidad de 'nuevos magistrados, jueces, fiscales y funcionarios judiciales'. ¡Qué tal esta barbaridad! Es decir: el Ejecutivo podrá meter mano en el Poder Judicial vía traslado de funcionarios del Ministerio Público con el pretexto burdo y mentiroso de 'racionalizar los recursos públicos'. Si esa fuera la real intención, el Gobierno hubiera podido ahorrarse, por ejemplo, los billones de pesos que cuesta el Ministerio de la Igualdad, que en manos de la vicepresidenta Francia Márquez sigue sin justificar su existencia. Si Petro logra la aprobación del acto legislativo que atenta contra la Procuraduría, vale la pena preguntarse: ¿Para qué la separación de poderes? ¿Para qué el Estado Social de Derecho? Una vez aprobada la ley será Petro quien designe magistrados, jueces, fiscales y funcionarios judiciales a su voluntad y antojo. Algo así jamás se había visto en nuestra historia republicana. Ojalá que el Congreso dé muestras de independencia y hunda de nuevo semejante esperpento.
Procuradora General: ni jefes, ni superiores jerárquicos
Aunque Petro pregone lo contrario, lo cierto es que quisiera que todos los funcionarios del Estado fueran de su bolsillo. Su talante autoritario así se lo exige. A Petro le cuesta creer que la Procuraduría General –en este caso la procuradora General, Margarita Cabello– no depende de nadie, ni tiene superior jerárquico. Así lo establece la Constitución Nacional, esa que tanto dice defender Petro. Sus funciones son un mandato constitucional. Punto. Pero en realidad lo que Petro pretende no es quitarle funciones a la Procuraduría, sino asumirlas él, para poder controlar una entidad fundamental para la supervivencia de la democracia. Su experiencia personal con el exprocurador Ordóñez lo lleva a asumir una postura atrabiliaria y radical contra una de las columnas que soporta el andamiaje del Estado. De ahí que toda pretensión por limitar sus funciones es un golpe brutal contra las instituciones del Estado colombiano. A Petro le incomodan los funcionarios sin superiores jerárquicos, capaces de moverse con autonomía e independencia. Tener que confrontar sus decisiones con quienes tienen argumentos sólidos en contra lo desesperan y lo vuelven irascible.
Garantías del Consejo de Estado tampoco le sirven a Petro
El proyecto de acto legislativo que presentará el Gobierno dice en uno de sus artículos: 'En ningún caso, los funcionarios de la Procuraduría General podrán sancionar servidores públicos de elección popular con suspensión, destitución o inhabilidad'. Es apenas obvio que dicho artículo lo que pretende es reducir de manera extraordinaria las funciones del Ministerio Público, contempladas en la Constitución de 1991, que en su artículo 277 establece que una de las funciones de la Procuraduría General es la de investigar la conducta de los servidores públicos, incluso los de elección popular. Pero la iniciativa de Petro va mucho más allá, puesto que pretende desconocer la sentencia de la Corte Constitucional C-030-2023, que establece que el Ministerio Público sí tiene la facultad de sancionar a los servidores públicos de elección popular, con la limitación de que las sanciones de suspensión, destitución e inhabilidad solo podrán cumplirse tras ser avaladas por el Consejo de Estado. Las decisiones de la Procuraduría solo quedarán en firme luego de la revisión del Consejo de Estado. ¿Puede haber una decisión del Ministerio Público más garantista que esta? Aún así a Petro no le sirve.



















