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No acababa de finalizar el mes de septiembre, con dolorosos casos de violencia de género registrados en el Atlántico, cuando otra noticia asociada a este tema agitó a la comunidad: la libertad por vencimiento de términos de un hombre procesado por el feminicidio de su expareja, en un caso que se registró el año anterior en el municipio de Sabanalarga, centro del Departamento.

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Se trató de la orden concedida por un juez de Control de Garantías, como derecho constitucional que protege la presunción de inocencia y el debido proceso, a favor de Jorge Leonardo Piña Rodríguez, procesado por el feminicidio de Nalfi Esther Blanco Olmos, su expareja y quien fue hallada muerta en noviembre del año anterior en una vivienda del barrio San Carlos, en el municipio en mención.

Tomada de videJorge Leonardo Piña Rodríguez, en su ingreso a la estación de Policía.

Desde el momento en que quedó en poder de las autoridades, Piña Rodríguez, un hombre dedicado a la vigilancia privada, permaneció en el Centro de Detención Transitorio Las Estrellas, en el suroccidente de Barranquilla, y, precisamente, allí recibió la orden del juez, quien argumentó que se cumplían los requisitos derivados de la superación del tiempo legal para el inicio del juicio oral y concedió la libertad a favor del procesado.

Eso sí, antes del cierre de la diligencia, el juez fue enfático en manifestar que la decisión no se tomaba “sobre la responsabilidad penal del ciudadano” y que el proceso judicial en su contra continuaba en “audiencia preparatoria de juicio”.

Pero aquello fue un duro golpe para los familiares de la víctima, dedicada en vida a la educación de niños, la cual expresó su profunda indignación y dolor frente a la decisión judicial que otorgó la libertad a Jorge Leonardo Piña.

A través de un comunicado la familia consideró que esta decisión constituía un revés para la justicia y era un mensaje doloroso para todas las mujeres víctimas de violencia en el país.

Cortesía

“Se ignoraron las circunstancias de un caso que evidencia claros signos de feminicidio, como lo señaló el informe preliminar de las autoridades, que estableció que la víctima fue asesinada por asfixia mecánica. Rechazamos de manera categórica que la falta de celeridad procesal y la ausencia de intervención de las entidades de control deriven en la libertad de un presunto feminicida, dejando a la familia y a la comunidad sin garantías de justicia”, insistieron.

Y seguidamente, en la misma comunicación, exigieron a las autoridades competentes “revisar este caso con el rigor que merece, garantizar los derechos de las víctimas y evitar que la impunidad se imponga frente a la violencia contra las mujeres”.

Por su parte, la hermana de la víctima, Nataly Blanco Olmos, difundió un video en redes sociales exigiendo justicia para Nalfi y las mujeres que han sido víctimas de feminicidio. Rechazó que Jorge Piña haya quedado en libertad, y denunció “dudosos argumentos” y “dilataciones” en el caso.

“Hago este llamado, pues hoy la justicia nuevamente nos ha fallado, a mi familia y a todas las mujeres, hoy la justicia le dio libertad al asesino de mi hermana. (...) Es una patraña más que utilizan los defensores para sacar a los asesinos y buscar la impunidad de estos criminales”, añadió la allegada.

Riesgo en el Atlántico

La diputada Alejandra Moreno Astwood, presidenta de la Comisión Legal de Mujeres de la Asamblea Departamental del Atlántico y miembro de la Bancada Púrpura del Atlántico, rechazó la decisión adoptada por el juez Segundo Promiscuo Municipal de Sabanalarga con Funciones de Control de Garantías, en favor de Piña Rodríguez, y opinó que no solo se revictimiza a una familia sino que “se pone en peligro a una comunidad”.

CortesíaDiputada Alejandra Moreno Astwood.

“Sabemos que no es la primera vez que pasa eso y estamos de acuerdo en el tema de que se revictimiza a la familia, pero también se pone en peligro a la comunidad”, dijo.

Y fue más allá al precisar que el Inpec no tiene el pie de fuerza suficiente o los funcionarios suficientes para revisar a una persona que está bajo una medida de detención domiciliaria. “Esta persona puede evadir a la justicia, se puede ir del país, puede salir por una trocha y pasar a Venezuela o a otro país. En este momento queda en total libertad. O sea, no significa que él sea inocente, no significa que el caso se cierre y tampoco borra los antecedentes ni detiene la investigación. Pero él está libre mientras se da todo y se proceda al juicio. Entonces, en este tiempo pueden pasar varias cosas. Que él se quede en su casa esperando el juicio o que decida viajar, esconderse, irse para otro lado. Pero además de revictimizar, pone en peligro a las mujeres y también genera desconfianza en los procesos de justicia en todo el país”.

Pero también insistió en que hay otro elemento mayor: “en este momento las mujeres del Departamento del Atlántico estarían en riesgo con un feminicida suelto, con una persona señalada de asesinar a su expareja, por lo tanto pone en riesgo a otras mujeres que estén cerca de él o la comunidad en general. Entonces, son dos puntos importantes allí. Uno, la revictimización y dos, el hecho de que está poniendo en riesgo a las mujeres en el departamento”.

Así mismo, la diputada propuso como solución real para todas las víctimas, no solamente en el Atlántico, sino también en el país, “es hacer la modificación de la Ley 906 del 2004, que es el que establece el Código de Procedimiento Penal. Entonces es allí desde el código de procedimiento penal donde está el vencimiento de término y es desde el congreso que debería hacerse el cambio”.

Dos casos más

En 2024, el municipio de Usiacurí, llamado el pesebre del Atlántico, se paralizó por completo cuando el martes 5 de marzo se conoció la noticia de la muerte de Lorena Patricia Avendaño Urueta, una hija de esta pequeña población, dedicada al comercio y con solo 41 años de edad, en un caso de violencia intrafamiliar.

Fotografía de Lorena Patricia Avendaño Urueta.

Entre los pobladores hubo conmoción por lo que representaba haber tenido que avizorar la muerte violenta de una mujer, lo cual no ocurría en ese territorio, al menos, en los últimos 50 años.

En su momento, las autoridades detuvieron a Néstor Andrés Poveda Florián y a Oswaldo César Santiago Sierra, como los supuestos autores del crimen de Lorena Patricia. El primero la expareja de la víctima y el segundo un amigo de infancia de Néstor.

En medio de la diligencia de imputación de cargos contra los sujetos se develó qué fue lo que presuntamente sucedió dentro de la vivienda de la víctima, lugar donde se cometió el crimen.

En aquel momento, el representante del ente investigador dio a conocer que Lorena Patricia Avendaño fue la víctima fatal de un plan ideado por su pareja Néstor Poveda, mecánico de motos conocido como ‘el Grillo’, y secundado por Oswaldo Santiago Sierra.

De acuerdo con lo descrito por el fiscal, Poveda y Santiago Sierra habían estado ingiriendo licor horas previas al hecho, y hacia las 12:00 de la madrugada del martes 5 de marzo acordaron entrar a la vivienda donde dormía Lorena Patricia, al parecer, para simular un caso de hurto. Lo hicieron por el garaje sin forzar cerraduras, pues Poveda vivía en la misma casa aunque no mantenía una relación directa con la mujer. Al menos desde hacía algunos meses.

La víctima y una hija de ambos dormían en la alcoba principal. Los dos hombres llegaron hasta ese punto, supuestamente encapuchados y armados, y redujeron a la mujer. A la niña la pasaron para una habitación contigua.

Al parecer, en la alcoba principal quedó la pareja y, en medio un forcejeo y una discusión, Lorena Patricia terminó asfixiada.

“Como lo dije anteriormente, la víctima se encontraba indefensa, se encontraba descansando en su lugar de residencia, en su habitación. Fue violentada desde el mismo momento en que se da cuenta de la presencia de ustedes dos en su habitación, a lo que trata de pedir ayuda, auxilio. Y usted, señor Néstor, se le abalanza encima, ejerciendo fuerza en contra de la víctima, atrapándole… se da la asfixia mecánica, produciendo una sofocación y esta persona, debido a ese comportamiento, fallece”, expresó el fiscal, en medio de la imputación de cargos en contra de los dos hombres.

Supuestamente lo que pretendía Néstor Poveda era apoderarse del teléfono celular de la mujer para revisarle llamadas y conversaciones en redes sociales.

Frente a este caso, EL HERALDO conoció que Poveda Florián hoy habría recuperado la libertad bajo el mecanismo de vencimiento de términos.

Y, por otro lado, esta semana se conmemoró el primer aniversario por la muerte de Jennifer Paola Ortega Vega, una víctima de feminicidio en el municipio de Repelón, sur del Atlántico.

Cortesía Coest DeataJennifer Paola Ortega Vega, mujer asesinada en Repelón.

Fue el 15 de octubre de 2024 cuando esta población se alteró al conocer de la muerte de la mujer, de 33 años, cuyo cuerpo fue encontrado envuelto en sábanas bajo una cama. También murió por asfixia mecánica.

Alfonso Ramiro Gómez Mendoza, pareja de la mujer, fue capturado en Santa Marta días después de sucedido el hecho.

Hoy este hombre permanece detenido y el proceso judicial en su contra avanza en etapa de juicio, pero se mantendría estacando desde hace unos tres meses por una apelación interpuesta por su abogado y que debería haber resuelto hace tiempo el Tribunal Superior de Barranquilla.

Ahora, la familia Ortega Vega advierte que esa demora podría conducir al vencimiento de términos y eso le daría la libertad al señalado.

Incluso, el mismo día en que se conmemoró el año de muerte de Jennifer Paola un juzgado de Control de Garantías de Repelón no aceptó una solicitud de la defensa de Alfonso Gómez Mendoza para que se diera su liberación.

¿Garantía o revictimización?

Hernando Herrera Mercado, director de la Corporación Excelencia en la Justicia, reconoce que, aunque el vencimiento de términos es una garantía constitucional esencial para evitar que un procesado sea privado de su libertad de manera arbitraria y más allá de un tiempo razonable, la aplicación abusiva de esta puede terminar revictimizando a quienes ya han sufrido un delito.

Hernando Herrera Mercado, director de la Corporación Excelencia en la Justicia.

“En muchas de las veces el derecho penal pareciera terminar siendo una barrera en contra de la reparación de las víctimas y en los casos de vencimiento de término cuando se abusa esa figura con más razón. Por eso de tiempo atrás nosotros hemos promovido una reforma en ese caso y en ese aspecto para efectos de buscar siempre que la víctima, que ha sido además la agredida frente a una actuación irregular o un delito, tenga la posibilidad de ser debidamente resarcida y reparada en sus derechos y frente a la afrenta que en su contra se perpetró”, afirmó.

En un análisis de la corporación, según Herrera Mercado, en el año 2023 hubo 4.700 libertades por vencimiento de términos en todo el territorio nacional y en el año anterior la cifra por el mismo motivo llegó a 4.596.

Los delitos más frecuentes por los que procesados recuperaron su libertad a través de la figura fueron: hurto, concierto para delinquir, homicidio y tráfico de estupefaciente.

Por otro lado, el experto abordó la posibilidad de restringir los vencimientos de términos para delitos particularmente graves, como feminicidios, homicidios agravados o delitos sexuales. “El derecho penal existe para proteger no solo los derechos de la sociedad, sino también los de las víctimas. Por ello, limitar la libertad por vencimiento de términos en delitos graves es una reforma que debe ser acogida y promovida”, insistió.