El abogado Carlos Medina Ruiz, quien representó a la familia de la fallecida Brenda Inés Pájaro Bruno en el proceso judicial contra su verdugo Tomás Maldonado Cera, apodado El Satánico, confirmó este viernes 6 de junio la reciente decisión de la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla sobre la ratificación de la condena contra este hombre proferida en fallo de primera instancia por la juez Novena Penal del Circuito, Carmen Ospino Paba.
Recordemos que en agosto de 2023, la juez de conocimiento dictó sentido del fallo condenatorio en contra del individuo y luego tasó la pena en 46 años de prisión, en una de las penas más altas que se hayan impuesto en esta capital por el delito de feminicidio.
Sin embargo, la defensa del acusado apeló la decisión de la juez y el caso escaló al Tribunal Superior.
En esa línea, según lo expuesto por el representante Medina Ruiz, el alto tribunal ratificó luego de dos años la sentencia de primera instancia contra el sujeto que hoy permanece tras las rejas en la cárcel Modelo de Barranquilla.
El penalista también comunicó que la defensa de Maldonado Cera solicitó la demanda de casación, que es la última vía que le queda judicialmente, toda vez que eso hace parte del debido proceso y no se le puede negar, por lo que el caso ahora sube a una eventual revisión de la Corte Suprema de Justicia.
“El señor sigue deteniendo en la cárcel modelo de Barranquilla, seguirá cumpliendo la pena interpuesta. Es un triunfo del movimiento de mujeres del departamento del Atlántico, de Barranquilla y de Colombia. Porque se hizo justicia y hemos visto que en estos últimos tiempos se ha incrementado la violencia hacia el género femenino. Más en este tipo de atrocidades como lo es el feminicidio”, concluyó Medina Ruiz.
Caso de Yadira Martínez
Hay que reseñar que en noviembre de 2024 la justicia colombiana emitió una segunda condena contra Maldonado Cera por la desaparición forzada de Yadira Martínez Gutiérrez, una mujer barranquillera con la que aparentemente este tuvo una fugaz relación y no volvió a saberse de ella desde octubre de 2002.
El Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Barranquilla, bajo la Ley 600, resolvió entonces condenar a Tomás Manuel Maldonado Cera a la pena principal de 375 meses de prisión, es decir 31 años y dos meses, como autor del delito de desaparición forzada, previsto en el artículo 165 del Código Penal.
Pero además, el despacho estableció multar al individuo con 2.125 salarios mínimos legales mensuales vigente SMLMV, como autor del delito de desaparición Forzada Art. 165 CP.
Aparte, en la sentencia, también susceptible al recurso de apelación, se establecieron otro tipo de castigos.