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Por no haber podido comprobar en la declaración de importación que unos textiles habían sido obtenidos ilegalmente, el Consejo de Estado le ordenó a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) devolver unas telas decomisadas en Barranquilla en 2007.

La decisión obedece a una demanda que en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho presentó la propietaria de la sociedad que fue sancionada por la importación aparentemente ilegal.

'La demandante sostuvo que presentó las declaraciones de importación y facturas de compra respectivas, pero que la Dian no consideró que estos elementos probaran adecuadamente la legalidad de la mercancía fiscalizada', señaló el Consejo de Estado.

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Así las cosas, la autoridad accionada impuso la sanción y la ratificó al negar el recurso de reconsideración que interpuso la sociedad sancionada.

Pero inconforme con esta determinación, la parte actora interpuso la demanda, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, con la intención de recuperar los bienes incautados y obtener de la Dian una reparación de los daños generados por la incautación, la cual fue fallada a su favor por el Consejo de Estado.

{"titulo":"Extradición de alias la Silla comenzó con aplausos","enlace":"https://www.elheraldo.co/judicial/extradicion-de-alias-la-silla-comenzo-con-aplausos-841663"}

De igual forma, el tribunal ordenó que dentro de los 60 días posteriores a la ejecutoria de la decisión judicial, 'deberá adelantarse un incidente de liquidación de perjuicios por medio del cual se determine el valor que deberá tener en cuenta la autoridad tributaria para restablecer los derechos que afectó con este ilegal procedimiento de decomiso'.

La Sección Primera de la alta corte recordó que, 'si quien se presenta como propietario no demuestra en debida forma la adquisición nacional de la mercancía extranjera y la referencia de los importadores de la misma, el decomiso procederá con la plenitud de sus consecuencias legales'.