Teniendo esto en cuenta, el recaudo de la sobretasa debe realizarse para los periodos de facturación anteriores al 3 de diciembre de 2020. 'Los recursos que se recibieron y los que falten por recaudar serán utilizados conforme a lo previsto en el Decreto 1265 de 2020 siempre procurando garantizar la continuidad de la prestación del servicio de energía eléctrica' informó la superintendente Avendaño.