El Heraldo
Acción durante una corrida de toros.
Colombia

Corte reitera que corridas de toros no son maltrato animal

La Corte determinó que mantendría la decisión que sentó en el año 2010 con la sentencia C-666 de ese año.

La Corte Constitucional revivió las corridas de toros anulando una decisión que se había tomado en febrero del año pasado y que incluía a las corridas de toros en la lista de eventos en los que se comete maltrato animal.

La Corte asegura que esa resolución pasó por alto un fallo del 2010 que establecía que se debían respetar las corridas en los municipios donde esa práctica tuviera un arraigo cultural. Así las cosas, lo que decía el demandante es que no existía justificación para no proteger a los “toros, gallos, becerros y demás animales que participan en espectáculos artísticos desconociendo su calidad de seres sintientes”.

Sin embargo, la Corte determinó que mantendría la decisión que sentó en el año 2010 con la sentencia C-666 de ese año.

Bajo ese sentido, el Alto Tribunal dejó en firme la posición tomada años atrás y reitera que tuvo en cuenta los derechos que se enfrentan con la protección animal, incluida la necesidad de alimentarse, las creencias religiosas y la cultura.
Una vez llegó a la Corte la demanda, la corporación recibió una serie de intervenciones. Por ejemplo, el Ministerio de Justicia, la Universidad Libre y la Facultad de Derecho solicitaron que se declarara la exequibilidad del precepto acusado.

Por su parte, el ciudadano Sergio Manzano Macías y otras ocho personas que aducen actuar en representación de colectivos ambientalistas y de defensa animal habían solicitado se declare la inexequibilidad.

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