El Heraldo
Cortesía Fiscalía General de la Nación.
Colombia

¿Habrá rebaja de pena para Jhonier Leal tras confesión?; penalista responde

El abogado penalista Óscar Sierra en diálogo con EL HERALDO explicó cómo operaría el sistema penal en este caso tras la aceptación de cargos por el crimen de su mamá y su hermano.

Ante la posible condena de 15 a 25 años de cárcel de que se ha hablado en este caso tras la confesión de Jhonier Leal por el doble homicidio a su madre Marleny Hernández y a su hermano Mauricio Leal y las rebajas de pena, el penalista Óscar Sierra explicó en EL HERALDO que “el sistema penal se creó con la intención de edificar una justicia premial.

Y se llama así porque pretende ‘premiar’ a quienes decidan aceptar cargos y ahorrar a la administración de justicia un desgaste innecesario.

Así, el sistema funciona con incentivos que les dan una mayor rebaja a las personas si aceptan los cargos en una etapa temprana del proceso y una menor rebaja si lo hace en las últimas etapas del mismo”.

En este caso, agrega, “debemos entender la etapa en la que se encuentra el proceso y la etapa en la que Jhonier Leal decidió aceptar los cargos. Existe una primera etapa del proceso en la que se desarrolla la audiencia de formulación de imputación.

En esta vista pública en donde la Fiscalía le comenta al procesado los hechos y delitos por los que lo está investigando, el implicado tiene la posibilidad de aceptar los cargos obteniendo hasta un 50 % de descuento en su pena.

Es importante tener en cuenta que es ‘hasta’, toda vez que no es que aquella rebaja dependerá del juez de conocimiento que atendiendo a las particularidades del caso determinará una rebaja que puede ir hasta ese porcentaje”.

De Johnier Leal, advierte el experto en derecho penal, decidió aceptar su responsabilidad cuando ya había culminado aquella audiencia, por lo que el juez mencionó que ya no era competente para recibir aquella aceptación. En ese momento, Leal mencionó que en realidad deseaba realizar un preacuerdo con la Fiscalía y que este se firmaría pronto.

Así las cosas, añade, “hay que entender que un preacuerdo es una figura procesal por medio de la cual la Fiscalía y el implicado negocian una pena y con ello se logra que la Fiscalía no se deba desgastar en vencerlo en juicio y el procesado obtiene una pena menor de la que obtendría si decide irse a juicio.

La ley les brinda a los procesados –a todos, porque no es un tema solo de Jhonier– la posibilidad de aceptar cargos y obtener una rebaja o pactar un preacuerdo y también obtener una rebaja. Sin embargo, una vez acepte su responsabilidad ya no puede retractarse.

Esto lo respalda el artículo 293 del Código de Procedimiento Penal y la sentencia C-1195 del 21 de noviembre de 2005 de la Corte Suprema”, pubtualizó el abogado penalista.

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